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El Concejo Deliberante aprobó en más de $196 mil millones el Presupuesto Municipal 2026

Su presidente Humberto Santillán aseguró que se trata de "una hoja de ruta que nos permite trabajar con tranquilidad".

07/01/2026 18:12 Política
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Se celebró este miércoles 7, la sesión extraordinaria del H. Concejo Deliberante de la Capital, presidida por el titular del cuerpo, Humberto Santillán, y la presencia de 10 ediles, oportunidad en la que, con voto dividido, se sancionó la Ordenanza de Presupuesto Municipal 2026. Humberto Santillán, señaló que "es una hoja de ruta que nos permite trabajar con tranquilidad, sabiendo que tenemos asignados los recursos para iniciar las tareas que corresponden".

En efecto, tras un intenso y breve debate, con el voto positivo del oficialismo (7) sobre la bancada del Frente Cambiemos (3) se sancionó la Ordenanza 6588/26 por la que "se fija en pesos 196.945.852.077,00 el total de Erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central y Organismo Descentralizado (HCD), para el Ejercicio 2.026, con destino a las finalidades que se indican a continuación y que se detallan analíticamente en planillas anexas que forman parte integrante de la Ordenanza".

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En los fundamentos, se indica que el DEM "da cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 65 inc.5) de la Carta Orgánica Municipal".

Agrega que "en el presente mensaje de remisión se reseña sucintamente el contenido del Presupuesto, analizando tanto sus recursos como sus gastos desde el punto de vista de la composición económica y el destino por finalidad y función de las erogaciones".

Añade que "el contenido del Presupuesto adjunto representa las proyecciones de recursos y volúmenes de gastos a ejecutarse en el próximo periodo fiscal, y traduce básicamente la función esencial del Municipio cual es la de responder a las demandas de los vecinos en términos de servicios y de inversión".

Afirma que "de esta manera este presupuesto refleja la continuidad y profundización de las políticas vigentes orientando el gasto público a los Servicios Sociales destinados a las acciones inherentes a Higiene Urbana, Alumbrado Público y otros servicios urbanos prestados por el municipio a la comunidad. Así también la prestación de servicios de salud, promoción y asistencia social, educación y cultura".

Subraya que "es importante destacar la continuidad de las inversiones para obra de infraestructura ya que son de fundamental importancia para el mantenimiento y crecimiento de esta comuna las que serán ejecutadas con fondos de rentas generales".

Añade que "ello es posible en virtud de que se cumplió con el objetivo de administrar las cuentas públicas de manera equilibrada evitando el endeudamiento, lo que nos permite proyectar un nuevo presupuesto para el año entrante sin resentir la prestación de servicios esenciales que debe garantizar el municipio".

Especifica, el despacho de comisión que "los importes que en concepto de "Erogaciones Figurativas" se incluyen en planillas anexas, constituyen autorizaciones legales para imputar las erogaciones a sus correspondientes créditos, según el origen de los aportes y contribuciones para organismos descentralizados".

Se establece "como únicas Cuentas Especiales en la Administración Central la cuenta especial Programa de Asistencia Social (P.A.S.) cuyos fondos serán destinados al mantenimiento de comedores infantiles; la cuenta especial denominada Programación Cultural, Eventos y Turismo, la cuenta especial de la Dirección de Alumbrado Público con recursos de la Tasa de Energía Municipal y Contribución Única de Electricidad y la cuenta especial de Educación".

Añade que "los decretos de modificación de cargos, recursos o erogaciones, como los de incorporación de recursos con destino específico que dicte el Departamento Ejecutivo, hasta la promulgación de esta Ordenanza, quedan convalidados, debiendo el área pertinente actualizar sus respectivos cuadros de Recursos Humanos, Recursos Financieros o Erogaciones, según corresponda"

Se indica que "el Honorable Concejo Deliberante, el Departamento Ejecutivo, el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas, podrán efectuar reestructuraciones y modificaciones en sus respectivas áreas que se consideren necesarias con la limitación de no aumentar el total de las erogaciones fijada en el Artículo 1º, salvo excepciones" que se especifican.

Por último, se faculta al Departamento Ejecutivo a reformular y / o actualizar los Nomencladores de cargos, Gastos y Recursos mediante Decreto originado en la Secretaría de Economía; Dirección de Presupuesto.

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