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La reforma laboral contiene un artículo que amenaza salarios y la reactivación del crédito

Este cambio que pretende el oficialismo no guarda relación alguna con el objetivo de fondo de la reforma laboral que apunta a incentivar la creación de empleo. 

07/02/2026 23:03 Política
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Un artículo de la reforma laboral que impulsa el Gobierno nacional le quitaría seguridad a los salarios de los trabajadores a la vez que amenaza con restringir el crédito que demanda hoy la actividad económica, en un escenario de ajuste que lleva ya dos años y afectó al grueso de los asalariados, además de a las pymes.

Se trata del artículo 35 incluído en la reforma laboral, que habilita el pago de sueldos a través de billeteras virtuales, como por ejemplo, a entidades como Sur Finanzas la financiera investigada en el marco de una causa de lavado de activos vinculada a la AFA. Si prospera la iniciativa oficial, entidades como la investigada, llamadas PSP en la jerga financiera (Prestadores de Servicio de Pago) y billeteras virtuales, podrían recibir el dinero de los sueldos que se pagan a los trabajadores.

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Es una de las modificaciones que está bajo análisis en la mesa chica del Ejecutivo en la previa de la sesión en el Senado del miércoles 11 de febrero.

Este cambio que pretende el oficialismo no guarda relación alguna con el objetivo de fondo de la reforma laboral que apunta a incentivar la creación de empleo. Por el contrario, al habilitar a estas empresas como las billeteras virtuales a recibir salarios mediante la apertura de cuentas sueldo de los trabajadores, generaría más incertidumbre a los mismos.

Menos seguridad

Por una parte, le daría al trabajador menor seguridad de la conservación y tenencia de sus fondos. Porque si un empleador depositara los salarios en una billetera, corre el riesgo de perderlos ya que estas entidades, las PSP, no están sujetas a supervisión bancaria ni tienen garantía de depósitos, a diferencia de las entidades bancarias. Casos como el escándalo de Sur Finanzas demuestran el riesgo y la falta de control existente sobre las billeteras virtuales.

Pero, además, la economía en su conjunto sufriría otro perjuicio. Si se desvían los pagos de salarios desde los bancos a las billeteras, se reduce la capacidad prestable de la economía. Esto se traduce en menos créditos para las familias y empresas, y a su vez, mayores tasas. Este artículo afectaría negativamente la recuperación de la economía y del empleo, lo contrario de lo que busca este proyecto de ley de reforma laboral.

Este cambio que sería perjudicial para trabajadores y la economía en su conjunto, desarticula la exclusividad de las cuentas bancarias para la acreditación de haberes. En varios despachos oficiales admiten contactos con los bancos para sostener el esquema actual, que promueve que los salarios acreditados en cuentas bancarias se transformen en depósitos que funcionan como fondeo para préstamos a personas y empresas, algo que demanda en forma urgente la actividad económica para su reactivación.

Las cuentas sueldo hoy son GRATUITAS para los empleados. Este cambio sería muy conveniente para las billeteras virtuales, pero a costa de menor seguridad para los trabajadores y menos crédito para la economía. Por el bien de los trabajadores y de la economía en conjunto, conviene excluir el artículo 35 en la apreciación de diferentes analistas laborales.

En este sentido, también destacan que puntualmente este artículo no guarda relación con el espíritu de fondo de la reforma laboral que apunta a generar las condiciones para crear más empleos, una iniciativa compartida y apoyada por el sector financiero pero que este artículo en particular la desvirtúa, ya que pareciera apuntar más a favorecer a determinadas empresas.

Aún está el recuerdo fresco de entidades de este universo de billeteras virtuales que dieron en quiebra como Wenance que no contaban con la supervisión del BCRA ni el régimen de garantía de depósitos obligatorio para los bancos, o bien el escándalo de Sur Finanzas que demuestran el riesgo y la falta de control sobre las billeteras virtuales.

Diferentes entidades del sistema alertan por riesgos jurídicos, financieros, sistémicos, territoriales y sociales si se aprueba

La Asociación de Bancos de Argentina (ABA), la Asociación Bancos Argentinos (ADEBA) y la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (ABAPPRA) enviaron al Congreso Nacional, en particular a Patricia Bullrich, jefa del bloque oficialista en el Senado, y a Martín Menem, titular de la Cámara Baja, y a los legisladores y legisladoras involucrados en el tratamiento del proyecto de "Modernización Laboral" enviado por el Ejecutivo, que el gobierno pretende tratar la próxima semana, un documento en el que que se oponen frontalmente a que se puedan pagar sueldos mediante billeteras virtuales y proveedores de servicios de pago.

Esa habilitación, advierten, acarrea "riesgos jurídicos, financieros, sistémicos, territoriales y sociales".

Las entidades señalan las consecuencias que tendría en particular un artículo del proyecto de "Modernización Laboral" del gobierno. En concreto, el documento formula "una objeción puntual y sustantiva respecto del artículo 35 en atención a los riesgos jurídicos, financieros, sistémicos, territoriales y sociales que su eventual aprobación podría generar".

Ya en diciembre, en una sesión en Comisiones en el Congreso, las asociaciones bancarias habían advertido contra la iniciativa de habilitar a los PSP y billeteras virtuales a pagar sueldos, sin que estos cumplan los requisitos legales que cumplen las entidades bancarias tradicionales.

Pago de salarios

El artículo al que apuntan habilita el pago de salarios a través de Proveedores de Servicios de Pago (PSP), billeteras virtuales y otros "actores no bancarios". Y esa habilitación, advierten ABA y ABAPPRA, se haría "sin exigir un régimen regulatorio, prudencial y de supervisión equivalente al que rige para las entidades financieras".

Esa disposición, afirman, entraña "una pérdida de protecciones legales esenciales", no brinda garantías e implica un "mayor riesgo" para los usuarios además de significar una "asimetría regulatoria" y una "supervisión insuficiente".

El documento hace una serie de "observaciones técnicas" sobre el proyecto de modernización laboral y en particular sobre el artículo 35, que afecta potencial y directamente la actividad de los bancos tradicionales.

La información sobre estos últimos, remarca el texto, "es pública permitiendo que los trabajadores y sus empleadores sepan en qué invierten las instituciones en las cuales colocan su dinero, así como la situación financiera de las mismas dándole transparencia al sistema, lo cual no ocurre con los PSP".

Además recuerdan que la legislación vigente "exige la acreditación de haberes en cuentas abiertas en entidades financieras, con el objetivo de proteger ingresos de carácter alimentario, promover la inclusión financiera y preservar la estabilidad del sistema. Dicha arquitectura normativa no responde a un rezago tecnológico, sino a una decisión deliberada de política pública orientada a garantizar un estándar mínimo e indelegable de seguridad jurídica y financiera para trabajadores".

Por esas razones, el texto advierte que la aprobación y eventual vigencia del artículo 35 tendría un "impacto sistémico" y reduciría la capacidad de crédito de los bancos.

La mayoría, un 37% prefiere la cuenta bancaria a las billeteras

Un informe de COELSA indica que el 72% de los usuarios financieros —27 millones de personas— tiene cuenta en un banco y en una billetera a la vez.

Hay 8 millones con sólo cuenta bancaria (CBU) y 2 millones con sólo cuenta virtual (CVU).

Además, cada argentino tiene en promedio 8 cuentas abiertas; cuatro de cada tipo. Es decir: el sistema ya es híbrido y la disputa se juega por el flujo más valioso: el salario.

Esa idea también aparece en un trabajo de la consultora D'Alessio IROL sobre preferencias de cobro.

El 37% sigue eligiendo la cuenta bancaria tradicional como "espacio de resguardo del ingreso"; el 26% acepta cobrar indistintamente en banco o billetera; y un 15% lo haría bajo ciertas condiciones, como transferencias simples o beneficios concretos.

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