Un audio enviado por el hombre cuando atravesaba una grave enfermedad, en el que pedía desistir del divorcio y manifestaba su intención de reconciliarse y proteger a su esposa, fue clave para que la Justicia la reconociera como heredera pese a la separación de hecho.
Fallo inédito en Corrientes: pese a estar separada, la Justicia declaró heredera a la viuda de un hombre fallecido Fallo inédito en Corrientes: pese a estar separada, la Justicia declaró heredera a la viuda de un hombre fallecido
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes emitió un fallo inédito al declarar heredera a una mujer que se encontraba separada de hecho de su esposo al momento de su muerte. La decisión se basó en un mensaje póstumo del hombre, su condición de enfermo terminal y un acta notarial mediante la cual ambos habían desistido del proceso de divorcio.
El caso se originó tras el fallecimiento de Martín Armando Aranda. Uno de sus hermanos impulsó un pedido judicial para excluir de la herencia a la esposa, Marlice Ramm. En primera instancia, un juez Civil y Comercial de Curuzú Cuatiá hizo lugar al planteo y la Cámara de Apelaciones ratificó la resolución, apoyándose en el artículo 2437 del Código Civil y Comercial, que establece que la separación de hecho sin voluntad de unirse puede excluir el derecho hereditario entre cónyuges.
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Sin embargo, el máximo tribunal provincial revocó esas decisiones y reconoció a la mujer como heredera, al considerar que existía una clara voluntad de reconciliación entre ambos.
El mensaje que cambió el rumbo del caso
La relación había atravesado una crisis en 2022, cuando la mujer denunció a su esposo por violencia de género y la Justicia dispuso su exclusión del hogar. La pareja, que llevaba más de dos décadas de convivencia y se había casado en 2019, inició entonces un proceso de divorcio.
Pero en 2023, con la salud de Aranda deteriorada por una grave enfermedad, el hombre envió un audio de WhatsApp a su abogada solicitando desistir del divorcio. En el mensaje expresó su deseo de recomponer el vínculo y proteger a su esposa, afirmando que no quería "dejarla en banda" si algo le sucedía.
El 16 de agosto de ese año, ambos formalizaron ante escribano el desistimiento del divorcio. Tras el fallecimiento, la viuda acompañó a su esposo durante su internación en una clínica de Rosario hasta su muerte, según indicó su abogado.
La decisión del Superior Tribunal
Al analizar el caso, el Superior Tribunal consideró que debía determinarse si al momento del fallecimiento existía una separación definitiva o si el vínculo conyugal se había restablecido. El voto principal sostuvo que el derecho sucesorio en el matrimonio se funda en la solidaridad y el afecto conyugal, y no únicamente en la convivencia física.
El tribunal concluyó que la relación de la pareja, de más de 25 años, había atravesado crisis y reconciliaciones, y que el desistimiento del divorcio junto al audio enviado por Aranda demostraban una voluntad clara de recomponer la vida en común y proteger a su esposa.
Los jueces señalaron que no había dudas sobre el propósito de reconciliación y que ignorar esa intención hubiera implicado una decisión injusta. El criterio fue acompañado por la mayoría de los ministros del tribunal.
Un voto en disidencia
Uno de los integrantes del Superior Tribunal votó en disidencia al considerar que no se había probado una reconciliación efectiva y que la exclusión del hogar ordenada un año antes del fallecimiento evidenciaba un cese real de la convivencia. Según su postura, las manifestaciones unilaterales del fallecido no alcanzaban para demostrar la reanudación del vínculo.
Pese a ello, la mayoría del tribunal resolvió reconocer a la mujer como heredera, en un fallo que marca un antecedente inédito en la provincia y que pone el foco en la voluntad de reconciliación y el contexto emocional de las relaciones de pareja al momento de resolver disputas sucesorias, detalla el portal de Clarín.








