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ANSES otorgará un bono de $ 350.000 a estos beneficiarios: cómo hacer el trámite

El organismo previsional liquidará un extra durante varios meses a las personas desempleadas que cumplan ciertos requisitos.

16/03/2026 12:43 País
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pagará un bono por varios meses seguidos a los beneficiarios sin empleo que cumplan una serie de requisitos. Se trata de un extra liquidado a los trabajadores despedidos sin causa justa, ya sea por la finalización del contrato o por causas externas.

El monto pagado por el organismo previsional se calcula sobre el SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil) y corresponde al 75% del mejor sueldo cobrado durante los seis meses previos al despido.

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Cabe mencionar que el haber no podrá ser menor al 50% del sueldo mínimo ni mayor al 100% del mismo. Con el piso salarial en $ 346.800, el pago mínimo no podrá ser menor de $ 173.400 ni superior a $ 346.800.

Cuáles son los requisitos para cobrar la prestación por desempleo

Para poder empezar el trámite, los trabajadores desvinculados deberán pertenecer a alguno de estos grupos:

* Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.

* Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

* Trabajadores de la construcción: tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.

El organismo liquida el extra de 2 a 6 meses según la cantidad de tiempo que el trabajador haya prestado servicios. A su vez, quienes tengan más de 45 años podrán acceder a un cobro de hasta 18 años.

Cuáles son los requisitos y cómo tramitar la prestación por desempleo

Los trabajadores que quieran tramitar la prestación por desempleo deberán hacerlo de forma presencial en alguna oficina de ANSES con turno previo. Para hacerlo de forma virtual, se necesitará Clave de la Seguridad Social y utilizar el servicio de Atención Virtual.

Los documentos requeridos son:

* DNI (original y copia).

* Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.

Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.

Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

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