La contadora Gabriela Márquez analizó la realidad que atraviesan las trabajadoras domésticas, explicó los derechos que les asisten y advirtió sobre los riesgos de mantener relaciones laborales no registradas. Además, detalló los cambios contables que entraron en vigencia y las cargas que deben afrontar los empleadores.
"Más del 95% sigue en la informalidad": alertan sobre la precarización del trabajo en casas particulares "Más del 95% sigue en la informalidad": alertan sobre la precarización del trabajo en casas particulares
A pesar de que la legislación argentina reconoce derechos laborales fundamentales para el personal de casas particulares, la informalidad continúa siendo una problemática estructural que afecta a miles de trabajadoras. Salarios sin registrar, falta de aportes jubilatorios, ausencia de cobertura ante accidentes y desconocimiento de la normativa vigente forman parte de una realidad que persiste en todo el país.
En diálogo exclusivo con EL LIBERAL, la contadora Gabriela Márquez se refirió a la situación del sector, explicó cuáles son los derechos que deben garantizarse a las trabajadoras domésticas, analizó las razones que llevan a muchos empleadores a no registrar la relación laboral y brindó precisiones sobre las recientes modificaciones administrativas, entre ellas la implementación del recibo de sueldo digital a través de ARCA. Además, destacó la importancia de generar espacios de información y concientización para promover el cumplimiento de la ley y reducir los niveles de precarización laboral.
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¿Cuáles son sus derechos?
Los derechos que tienen el personal de casas particulares (domésticas), es del cobrar el salario mínimo legal, según su categoría vacaciones pagas, aguinaldo, licencias por maternidad, aporte jubilatorios, obra social y cobertura de RT. El registro es obligatorio sin importar las horas trabajadas
¿Qué hay que tener en cuenta a nivel contable?
Fundamentalmente, lo importante es que a partir del sueldo de mayo se va a aplicar el recibo de sueldo digital que emite ARCA. Dentro de todo, habrá otro tipo de control porque se solían tener recibos de sueldo manuales, quizás descargados a través de internet, pero que no tenían la validez que va a tener hoy un recibo de sueldo emitido por ARCA.
Este recibo justamente le dará fuerza y autenticidad. Ni siquiera el empleador tendrá que firmarlo porque, al ingresar con su CUIL y clave y generar el recibo, ya le está dando autenticidad.
Con respecto a lo contable, está pasando que el acuerdo del 29 de abril, mediante el cual se estableció un aumento para las empleadas de casas particulares, a la fecha no ha sido publicado en el Boletín Oficial. Entonces, muchos empleadores están tomando una posición: hasta que no esté publicado el Boletín Oficial, no van a aplicar el aumento; mientras que otros sí lo están aplicando, entendiendo que en algún momento se va a publicar.
Lo que hay que hacer a nivel contable, para quien va a aplicar el aumento, es utilizar las escalas que ya fueron publicadas por la OPAC. Obviamente, todos los profesionales utilizamos esas escalas a raíz de lo decidido el 29 de abril. Lo que se puede hacer es utilizar la diferencia con respecto a la última escala aprobada. Según el Boletín Oficial, la última escala vigente es la de marzo y la diferencia se va a tener que contemplar a futuro para que la empleada vaya cobrando justamente en razón de esa decisión paritaria que existe desde el 29 de abril.
Ahora, si la opción es no aplicar el aumento y esperar hasta la publicación en el Boletín Oficial, el empleador va a tener que aplicar un retroactivo que debió pagar durante todo este período hasta la publicación oficial.
¿Por qué no quieren poner en blanco a las empleadas domésticas ?
El motivo de no registrar a una empleada de casas particulares se ve reflejado justamente en el importante porcentaje a nivel nacional que ronda el 77% de empleo no registrado en Argentina.
Las razones pueden ser varias. No siempre tienen que ver con una mala intención o con el deseo de no tener en blanco a una empleada, sino que a veces puede haber desconocimiento. También existen muchas situaciones vinculadas a la clase media, donde una empleada de casas particulares tiene un costo financiero importante.
¿Por qué? Porque cuando una persona necesita los servicios de una empleada de casas particulares no lo hace como un lujo, sino como una necesidad. De hecho, se las contrata más que nada para el cuidado de niños o de adultos mayores. ¿Para qué? Para poder salir a trabajar.
En cambio, cuando hablamos de clases altas o de altos ingresos, muy probablemente las empleadas sí estén registradas. ¿Por qué? Porque esto ayuda a la deducción en el Impuesto a las Ganancias, así que en ese sentido puede ser algo muy bien recibido. Quizás el motivo pase por ahí, en cuanto a las diferencias entre sectores sociales para decidir si una empleada está registrada o no.
Ahora, también puede existir el hecho de pensar que, como trabaja muy pocas horas, no es necesario registrarla. Sin embargo, lo que tiene que entender el empleador es que no importa la cantidad de horas, sino que debe registrarla sí o sí.
También está el tema de los juicios laborales. A veces no está bien encarado o no se entiende correctamente, y algunos creen que manteniéndola en la informalidad, cuando se termine la relación laboral, la empleada simplemente se irá. El empleador no se da cuenta de que hoy la trabajadora tiene mucha información, no solo por los medios sino también por las redes sociales, y que en caso de informalidad puede haber un juicio que seguramente terminará siendo un conflicto bastante oneroso desde lo económico.
¿Por qué? Porque muchas veces estamos hablando de empleadas que han prestado servicios durante años en una casa y que estuvieron todo ese tiempo trabajando en negro.
Otra cuestión que hay que tener en cuenta tiene que ver con los trámites. A veces pensar en la página de ARCA o en cómo realizar un alta puede generar incertidumbre en el empleador, que desconoce el procedimiento y directamente decide no hacerlo.
Lo más sencillo quizás sea buscar un contador para que realice el trámite. Va a ser una gestión que no tendrá un costo elevado en términos de honorarios.
El empleador tiene que empezar a tomar conciencia de que el alta es importante, pero sobre todo porque permite contar con el respaldo de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. A la hora de sufrir un accidente doméstico o un accidente in itinere, el empleador es quien debe responder ante esa situación. Y creo que ahí verdaderamente el costo puede ser importante, y eso muchas veces no se toma en cuenta.
Ahora, también puede ocurrir que haya informalidad cuando la propia empleada no quiere que se la registre. ¿Por qué? Por temor a perder planes sociales.
La única ayuda social que una empleada de casas particulares no va a perder es la Asignación Universal por Hijo. Ahora, cualquier otro tipo de plan sí podría perderlo.
Entonces, también es una decisión de la empleada. Si el empleador está decidiendo registrarla, también es importante que la trabajadora tome conciencia de que está teniendo un trabajo y va a tener que decidir si quiere seguir cobrando esos planes sociales sin incluir la AUH o trabajar formalmente.
¿Cuánto es la carga para el empleador y cuánto es el salario en mano para las trabajadoras?
En cuanto a lo que los empleadores tienen que pagar como cargas por tener una empleada registrada, depende de las horas trabajadas.
Cuando son menos de 12 horas, estamos hablando de un aproximado de $9.000. Entre 12 y 16 horas, de $14.000. Y para 16 horas o más, alrededor de $37.000.
La obra social se descuenta en el recibo de sueldo. Para menos de 12 horas son $1.384; entre 12 y 16 horas, $3.306; y para 16 horas o más, $21.990.
Pero es una suma que forma parte del sueldo que se le descuenta a la empleada de casas particulares. Por eso siempre se recalca que el régimen de empleadas de casas particulares es un régimen benevolente.
En un contexto donde la informalidad continúa siendo una de las principales problemáticas del sector, Márquez insistió en la necesidad de promover la registración laboral y difundir los derechos de las trabajadoras de casas particulares. En ese sentido, destacó que tanto empleadores como empleadas deben conocer las obligaciones y beneficios que contempla la normativa vigente, no solo para garantizar condiciones laborales dignas, sino también para evitar futuros conflictos legales y asegurar la cobertura social y previsional correspondiente.








