El juez federal Martín Cormick admitió la acción presentada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal y resolvió que tramite como proceso colectivo. La entidad cuestiona dos artículos de la Ley 27.802 por considerar que afectan el ejercicio profesional de los abogados laboralistas.
La Justicia habilitó un amparo colectivo de abogados contra la reforma laboral del Gobierno La Justicia habilitó un amparo colectivo de abogados contra la reforma laboral del Gobierno
La Justicia Federal habilitó el trámite de un amparo colectivo presentado por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) contra la reforma laboral impulsada por el Gobierno, al considerar que la entidad está legitimada para representar a los abogados laboralistas afectados por la normativa.
La resolución fue dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick, quien determinó que la causa deberá avanzar como un proceso colectivo y ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.
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El expediente busca que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, al sostener que esas modificaciones generan restricciones para los profesionales que intervienen en litigios laborales.
Según el planteo del Colegio, el artículo 10 de la reforma introduce la posibilidad de que los abogados puedan ser responsabilizados por las costas de un juicio cuando exista una sobreestimación de los créditos reclamados. Para la entidad, esta medida representa una limitación al ejercicio de la profesión porque expone a los letrados a responder económicamente sin que necesariamente exista una conducta temeraria o maliciosa.
"La modificación incorpora un componente inédito" al permitir responsabilizar directamente a los abogados por una eventual diferencia en los montos reclamados, señalaron desde el CPACF, al advertir que la norma podría desalentar la presentación de demandas laborales.
En tanto, el cuestionamiento al artículo 56 está vinculado con la posibilidad de pagar sentencias laborales en cuotas y con los límites establecidos para las costas del proceso. Desde el Colegio sostienen que esa regulación podría afectar el cobro de honorarios profesionales, considerados una retribución de carácter alimentario.
La presentación judicial advierte que muchos abogados que ya deben esperar varios años para obtener una sentencia definitiva podrían verse obligados a percibir sus honorarios de manera fraccionada en seis o doce cuotas.
La diferencia con el amparo presentado por la CGT
En su resolución, el juez Cormick también rechazó enviar la causa al proceso colectivo iniciado por la CGT, pese a que ambas acciones cuestionan artículos de la misma ley.
El magistrado explicó que, aunque existe coincidencia sobre las normas impugnadas, los sectores representados y los argumentos planteados son diferentes. Mientras la central obrera actúa en representación de los trabajadores, el CPACF lo hace en defensa de los abogados que intervienen en el fuero laboral.
Por ese motivo, decidió que ambos expedientes continúen su trámite de manera independiente al considerar que no existe una identidad suficiente entre los reclamos.
La presidenta del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Alejandra García, destacó la decisión judicial y afirmó que constituye "un primer paso importante" porque reconoce la representación de la entidad sobre los profesionales alcanzados por la reforma.
"Desde el primer día sostuvimos que la reforma laboral no solo perjudica a los trabajadores, sino que también incorpora reglas que afectan el ejercicio de la abogacía", señaló García.
Además, cuestionó la posibilidad de diferir en cuotas el pago de honorarios profesionales al considerar que "desconoce el carácter alimentario de nuestra retribución y posterga aún más el cobro de quienes ya esperan años hasta la finalización de un juicio laboral".








