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Salta: Condenan a interno del penal NOA III por vender droga y unifican pena

Tenía 114 gramos de marihuana y 30 de cocaína. Estaba vinculado a una banda que operaba dentro de la cárcel. Pena única de 8 años y 6 meses.

 El condenado es David Gabriel Moreno declarado reincidente por segunda vez (Foto- FiscalesGob)

El condenado es David Gabriel Moreno, declarado reincidente por segunda vez (Foto: Fiscales.Gob).

16/09/2026 09:23 Policiales
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Salta: Condenan a interno del penal NOA III por vender droga y unifican pena Salta: Condenan a interno del penal NOA III por vender droga y unifican pena

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Un interno del Complejo Penitenciario Federal NOA III de General Güemes, Salta, fue condenado a 6 años de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por lugar de encierro. Con la unificación de una condena anterior, la pena quedó en 8 años y 6 meses.

El fallo es del 27 de agosto del juez federal Santiago French, de la Sala I del Tribunal de Revisión, que homologó el acuerdo pleno entre el fiscal general Eduardo José Villalba y la defensa. El condenado es David Gabriel Moreno, declarado reincidente por segunda vez.

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Moreno integraba una organización narcocriminal que operaba dentro del penal y fue desbaratada en junio de 2025. En ese operativo, con gendarmes y drones, ocho internos y una mujer fueron imputados.

La causa contra Moreno se inició por dos hechos:

El 18 de agosto de 2024 lo requisaron volviendo del salón de visitas al Pabellón A: llevaba 114 gramos de marihuana y más de 30 de cocaína.

El 18 de febrero de 2025 el body scan detectó 82 gramos de marihuana.

En total, más de 2.700 dosis. También había testimonios y datos de su celular que acreditaban el vínculo con la red.

El acuerdo se firmó el 12 de agosto: 6 años por el nuevo hecho más 2 años y 6 meses de la condena anterior de noviembre de 2023 por transporte agravado de estupefacientes.

Hubo controversia porque el juez Guillermo Elías había rechazado la unificación y la difirió a ejecución, al considerar que el tope de 6 años del art. 323 del CPPF lo impedía.

La fiscalía impugnó y el juez French hizo lugar: sostuvo que cuando hay un juez dictando la última sentencia, debe unificar y no diferir. Además, aclaró que los hechos son anteriores a la reforma de marzo de 2025 del art. 58 del Código Penal, que pasó al sistema de suma aritmética.

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