Por Hernán Bernasconi
Menores imputables, encierro y reinserción Menores imputables, encierro y reinserción
Ya desarrollamos en una nota anterior la doctrina de la Iglesia sobre las prisiones y las consideraciones del papa Francisco sobre las personas privadas de libertad. Queremos agregar unas pocas palabras y algunas referencias del Derecho comparado que conviene tener en cuenta sobre la disminución de la edad de imputabilidad de los menores: aquellos que, en forma flagrante o a partir de denuncias o indicios, se encuentran acusados, sospechados o condenados por cometer delitos. Niños y niñas menores de entre 14 y 16 años que ahora serían declarados imputables.
Los institutos de encierro de menores y la violencia
También te puede interesar:
La mera enunciación pretende revelar la relación, casi siempre latente, entre los centros de detención y la violencia. En los institutos de menores Luis Agote, ubicado en Charcas y Darragueyra, y Manuel Rocca, en el barrio porteño de Floresta, por citar dos de los más conocidos, ocurrieron en diversos momentos protestas por hacinamiento, castigos, maltratos y torturas, mala alimentación y deficientes condiciones de higiene y edilicias.
En 2001 y 2014 hubo protestas por esos y otros reclamos. Según informó Fiscales.gob.ar el viernes 12 de diciembre de 2014, tras la muerte de uno de los internos, la fiscalía pudo constatar el deterioro y la insalubridad del edificio, que carecía de limpieza y agua potable. La fiscal agregó que se trataba de un régimen con "inevitables consecuencias dañinas para la salud integral de los jóvenes que son castigados de esta manera".
Entre el 16 y el 17 de abril de 2016, en el barrio de Floresta, 32 internos menores de edad mantuvieron retenidos durante ocho horas a un guardia y una enfermera. Exigían comida, abrigos, colchones y visitas de sus familiares. Luego hubo un enfrentamiento con la Policía, que redujo a los internos y halló una importante cantidad de droga en el despacho del director del establecimiento, según Fiscales.gob.ar del lunes 27 de marzo de 2017.
En general, muchos de los motines o insurrecciones en cárceles para adultos se originaron por el hacinamiento, la violencia entre distintas bandas de presos, la tenencia de drogas o los malos tratos infligidos por los guardiacárceles.
En primer lugar, hoy me ocuparé de este problema tal como se presenta en la realidad y no como surge de las estadísticas, la radio, la televisión, los portales o las redes de internet. Tampoco lo abordaré desde lo que sostienen los gobiernos o los partidos políticos de uno u otro signo, ni desde la mirada de legisladores cuyo accionar legislativo, muchas veces alejado de los hechos, provoca debates absurdos que deforman la realidad por motivos subalternos o de grupo. Por eso exponemos brevemente este tema, no en el espejo de Bukele, sino a partir de cómo lo abordan países con sistemas consolidados.
La justicia penal juvenil en Europa
Europa avanza hacia formas de justicia adaptadas a la niñez, que tienen muy en cuenta el plano humano y material. En este último aspecto, el hábitat y la infraestructura edilicia ocupan un lugar relevante, ya que las cárceles para adultos, en general, no tienen capacidad adecuada para alojar a niños. Es más, alojar a niños en establecimientos para mayores constituye una vulneración de los derechos humanos.
Dada su edad, su madurez y el interés general de priorizar la reeducación y la recuperación por encima de la función punitiva o vindicativa, en los países europeos se considera que prima el interés superior del menor.
Al mismo tiempo, la privación de la libertad de los menores es considerada un último recurso y debe aplicarse durante el menor tiempo posible. Además, se ha señalado reiteradamente que "los menores bajo custodia deben estar estrictamente separados de los adultos para proteger su integridad física y psicológica".
De acuerdo con un enfoque educativo y paternalista aceptado por la mayoría de los expertos e inspirado en modelos como el sistema francés, "la figura del juez de menores actúa de forma protectora y realiza un acompañamiento y seguimiento continuo del desarrollo y evolución del joven durante la ejecución de las medidas".
Tipos de medidas y alternativas a la prisión
Los jueces deben priorizar intervenciones en el entorno comunitario para evitar la estigmatización del menor. Por ejemplo, su participación en reuniones con otros detenidos, familiares y personas de su equipo deportivo, parroquia o escuela; la asistencia a tratamientos ambulatorios de salud mental o de drogodependencias; y, en los casos de libertad vigilada, la supervisión continua de educadores y trabajadores sociales encargados de acompañar su conducta y educación escolar o especializada.
En caso de asistencia a centros de día y de convivencia, como podrían ser en la Argentina los Hogares de Cristo, los menores deben acreditar su concurrencia, al igual que a los talleres educativos obligatorios. También pueden recibir acogimiento temporal en familias o grupos educativos y formativos.
Los magistrados deben facilitar e incentivar prestaciones en beneficio de la comunidad, como tareas reparadoras no remuneradas que apunten a concientizar al menor sobre el daño causado.
Las autoridades, a su vez, deben realizar evaluaciones y monitoreos. "La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea colabora activamente con los gobiernos locales para auditar que las sedes judiciales dispongan de espacios e infraestructuras arquitectónicas adecuadas para la madurez de los niños".
Justicia restaurativa
Los proyectos cofinanciados por la Unión Europea promueven la mediación penal, con el objetivo de que el menor infractor asuma su responsabilidad mediante el diálogo directo. También pueden facilitar el pedido y la concesión del perdón, así como la reparación del daño a la víctima.
El modelo Barnahus, implementado de forma progresiva en varias regiones europeas, centraliza en un único espacio amigable las evaluaciones psicológicas, médicas y las declaraciones judiciales, con el fin de evitar la revictimización del menor.
La comunidad autónoma de Andalucía, un ejemplo para tener en cuenta
Andalucía cuenta con casi nueve millones de habitantes, es decir, unas cuatro veces y media la población del partido bonaerense de La Matanza. Se trata de un modelo en ejecución, en un territorio cuya niñez ha sufrido y padece el flagelo de las adicciones y de la delincuencia juvenil.
"La Junta de Andalucía atendió en 2024 a un total de 5.795 menores infractores, que cumplieron medidas impuestas por los jueces en aplicación de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, aprobada hace 25 años. La mayoría, 4.681, cumplieron medidas no privativas de libertad, siguiendo una tendencia a la baja de las medidas de internamiento decretadas por los jueces".
Un total de 1.141 menores pasaron por los Centros de Internamiento de Menores Infractores (CIMI) durante ese año. Los CIMI no juzgan ni intervienen de forma directa en los delitos, sino que ejecutan las medidas de privación de libertad impuestas por los juzgados de menores. De acuerdo con la gravedad del delito y la situación del menor, los juzgados asignan al CIMI la ejecución de diferentes regímenes de internamiento.
"Andalucía cuenta con un total de 751 plazas para chicos, chicas y unidades especializadas de internamiento terapéutico, repartidas en los 14 CIMI".
"La edad media es de 16 a 17 años y los delitos más comunes son los de lesiones, leves o graves; torturas e integridad moral, vinculados sobre todo al acoso escolar; y delitos contra el patrimonio, como hurtos y robos. En el caso de las chicas, en cambio, destaca la violencia filioparental".
En Andalucía, 1.400 jóvenes evitan ir a juicio gracias a la mediación
"La Ley del Menor apuesta por la mediación como alternativa al juicio, sobre todo en delitos leves, y supone todo un éxito en Andalucía, ya que el año pasado 1.400 jóvenes no llegaron a juicio gracias al trabajo de los equipos profesionales de los ocho servicios provinciales de Mediación Penal de Menores, que facilitaron el acuerdo con las víctimas y la justicia restaurativa".
"En el 36% de los casos, 754, se evitó el juicio mediante actos de conciliación, con una petición de perdón directa del menor; en un 32%, 658, gracias a la reparación del daño, porque el menor tiene que interiorizar que ha hecho algo mal y debe reparar el daño; y en otro 32%, 672, a través de actividades socioeducativas sustitutivas de las medidas judiciales, como talleres de educación vial en los delitos de tránsito".
El primer Observatorio público de España y Europa cuenta con un Expediente Electrónico Único. El consejero señaló que "el ansiado papel cero ya ha llegado a la jurisdicción de menores" con el Expediente Electrónico Único del Menor.
¿Gasto o inversión pública?
"El consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, ha defendido el éxito del sistema de justicia juvenil andaluz, que logró un índice de reinserción del 80% entre los menores infractores que cumplen medidas judiciales en los centros y servicios de la Junta".
"Es un dato muy positivo y muy difícil de lograr", detalló. Por ese motivo, justificó como una inversión y no como un gasto el presupuesto destinado al sistema, que aumentó un 12% desde 2018 hasta alcanzar los 82,5 millones de euros en 2025.
El consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, también defendió el sistema de justicia juvenil andaluz, que cuenta con casi 2.000 profesionales que trabajan en los centros y servicios del área.
El 60,42% de los internamientos decretados por los jueces fueron en régimen semiabierto
"Los jueces de menores optan con mucha mayor frecuencia por medidas de medio abierto, como la libertad vigilada, la permanencia en alguno de los 17 Grupos Educativos de Convivencia (GEC), las tareas socioeducativas y las prestaciones en beneficio de la comunidad. Estas últimas se realizan en servicios municipales o entidades sociales, gracias a los convenios que la Consejería mantiene con 230 ayuntamientos y 19 ONG".
"La edad media es de 16 a 17 años y los delitos más comunes son los de lesiones, torturas e integridad moral, vinculados sobre todo al acoso escolar, y los delitos contra el patrimonio, como los hurtos. En el caso de las chicas, en cambio, destaca la violencia filioparental".
"La Ley del Menor apuesta por la mediación como alternativa al juicio, sobre todo en delitos leves. El año pasado, 1.400 jóvenes no llegaron a juicio gracias al trabajo de los equipos profesionales de los ocho servicios provinciales de Mediación Penal de Menores, que facilitaron el acuerdo con las víctimas y la justicia restaurativa".
"En el 36% de los casos, 754, se evitó el juicio mediante actos de conciliación, con una petición de perdón directa del menor; en un 32%, 658, gracias a la reparación del daño; y en otro 32%, 672, a través de actividades socioeducativas sustitutivas de las medidas judiciales, como talleres de educación vial en los delitos de tránsito".
Fuente consultada: Infobae.








