El Tribunal Internacional del Derecho del Mar fijó audiencias públicas. El reclamo argentino busca frenar de forma urgente el proyecto petrolero Sea Lion en el Atlántico Sur ante el inminente riesgo ambiental.
Conflicto por Malvinas: el Tribunal del Mar define fechas clave para tratar la medida cautelar de Argentina contra el Reino Unido Conflicto por Malvinas: el Tribunal del Mar define fechas clave para tratar la medida cautelar de Argentina contra el Reino Unido
La disputa internacional por los recursos energéticos en las Islas Malvinas ingresó en una etapa definitoria. El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS), con sede en la ciudad alemana de Hamburgo, formalizó el cronograma para abordar la solicitud de medidas cautelares impulsada por el Estado argentino contra el Reino Unido, en el marco del avance del proyecto hidrocarburífero Sea Lion en la cuenca norte del archipiélago.
A través de una disposición rubricada por el magistrado Maurice Kamga, presidente del cuerpo jurídico, se establecieron las audiencias orales para los días 10 y 11 de noviembre de 2026. Las sesiones se desarrollarán de manera pública en la sala principal del organismo internacional y contarán con transmisión en directo vía web. Además, el protocolo prevé el registro previo para diplomáticos, periodistas y público interesado en presenciar el debate.
También te puede interesar:
Con esta orden, enmarcada en el expediente número 37, el organismo judicial deberá dirimir si posee jurisdicción prima facie, si la premura del caso justifica una orden inmediata y si los alcances del reclamo guardan proporcionalidad.
El camino procesal y las exigencias de Buenos Aires
El procedimiento se aceleró de manera sustancial tras la presentación que el canciller Pablo Quirno formalizó el pasado 13 de octubre bajo el amparo del artículo 290, inciso 5, de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar). Esta cláusula faculta a los Estados a solicitar acciones de urgencia mientras termina de conformarse el tribunal arbitral definitivo regulado por el Anexo VII.
La acción en Hamburgo fue la consecuencia directa de una intimación previa: el 28 de septiembre, el presidente Javier Milei había encomendado a la Cancillería la apertura del arbitraje, otorgando a Londres un lapso de dos semanas para detener las maniobras extractivas. Al cumplirse el plazo el 12 de octubre sin modificaciones británicas y tras un descargo del 11 de octubre que la parte argentina calificó como "una mera repetición de argumentos previamente planteados", el país recurrió a la instancia judicial internacional.
El escrito formal consta de 49 páginas elaboradas de forma conjunta entre la Cancillería y la Secretaría Legal y Técnica a cargo de María Ibarzabal, llevando la rúbrica del embajador Mario Oyarzábal como agente nacional. En concreto, Argentina demanda que:
Se ordene a las autoridades británicas paralizar todo inicio o continuidad de las tareas extractivas en el área.
El Reino Unido se abstenga de emplear información recabada durante la exploración en detrimento de los derechos del país.
Se termine con la obstaculización del cumplimiento de normativas de protección ambiental.
No se emitan nuevas autorizaciones o permisos que tiendan a profundizar el conflicto.
De prosperar el pedido cautelar argentino, la resolución resultará de cumplimiento forzoso para Londres, aunque el tribunal arbitral del Anexo VII conservará la potestad de ratificar, rectificar o cancelar lo dispuesto una vez que esté formalmente constituido.
El factor ecológico como eje de la estrategia jurídica
Para evitar trabas asociadas a la discusión de la soberanía sobre las islas, el planteo legal argentino colocó el resguardo del ecosistema marino en el centro de su argumentación. La defensa nacional apoyó su postura en la jurisprudencia del caso del Mar del Sur de China, remarcando que las responsabilidades de cuidado ambiental "se aplican a todos los Estados respecto del medio marino en todas las áreas marítimas" y que, bajo esa premisa, "las cuestiones de soberanía son irrelevantes" al momento de hacer cumplir dichas directivas.
Esta formulación jurídica permite la intervención del ITLOS sin necesidad de dilucidar la titularidad del territorio en esta instancia. Buenos Aires denunció que las acciones unilaterales británicas le impiden desplegar su potestad regulatoria ambiental y subrayó que los perjuicios ecológicos revisten carácter irreversible.
Como respaldo, la presentación aportó antecedentes técnicos y documentación de las firmas involucradas. Recordó la falla acaecida en abril de 2015 en el pozo Isobel Deep ubicado a unos 30 kilómetros al sur de Sea Lion e incorporó datos del propio Plan de Contingencia para Derrame de Petróleo confeccionado por Premier Oil para las autoridades de facto isleñas. En dicho informe se advierte que: "Existe un 30% de probabilidad de que el petróleo cruce el límite marítimo internacional hacia aguas argentinas después de 30 días". Asimismo, para variedades de crudo más liviano, el reporte calcula "una probabilidad del 100% de que el petróleo cruce el límite marítimo internacional hacia aguas argentinas después de 14 días".
El documento argentino cuestionó además la idoneidad de los actores comerciales, aseverando que ni Navitas Petroleum ni Rockhopper Exploration cuentan con antecedentes operativos directos en la explotación de yacimientos offshore.
Características del proyecto y prórroga de concesiones
El foco del diferendo, denominado Sea Lion, se localiza a 107 millas náuticas (aproximadamente 198 kilómetros) al norte del archipiélago malvinense y abarca una superficie de 541,40 km² correspondientes al permiso PL032. La iniciativa está compuesta por un consorcio entre la firma israelí Navitas Petroleum (titular del 65%) y la británica Rockhopper Exploration (35%), las cuales formalizaron su determinación de inversión a fines de 2025 proyectando el inicio de extracción para el primer trimestre de 2028.
De acuerdo con un reporte corporativo de Navitas fechado el 24 de agosto de 2026, la fase inicial de perforación "se espera que comience a principios de 2027". En sintonía, Rockhopper comunicó por entonces la ejecución de obras logísticas, muelles y campamentos en las islas, mientras que registros de Noble Corporation de julio de 2026 asignaban el traslado de la plataforma semisumergible Noble Endeavour a "Sudamérica" para enero de 2027. La infraestructura global estipula 23 pozos en seis núcleos operativos, una unidad submarina anclada con perímetro de seguridad de 500 metros y un buque FPSO de procesamiento y almacenamiento con un radio de exclusión de 1.275 metros.
Apenas siete días antes del inicio del arbitraje argentino, el 21 de septiembre de 2026, la administración de facto en Malvinas resolvió extender por un quinquenio la vigencia de los bloques PL001, PL032, PL033, PL004a, PL004b y PL004c, donde intervienen Navitas, Rockhopper y el grupo Eco. La demanda nacional busca frenar esa clase de medidas unilaterales e invoca las resoluciones 2065 (1965) y 31/49 (1976) de la Asamblea General de la ONU vinculadas al proceso de descolonización.
La postura de Londres y los antecedentes en el tribunal
Frente a la Cámara de los Comunes, la ministra británica de Territorios de Ultramar, Uma Kumaran, ratificó que el Reino Unido comparecerá en el litigio tras contestar la notificación el 11 de octubre. Sin embargo, delimitó la postura oficial: "La notificación no constituye una sentencia de un tribunal internacional. No invalida las licencias emitidas por el gobierno de las islas. No altera la autoridad regulatoria de las islas, y no exige que las actividades legales de desarrollo de hidrocarburos cesen".
En relación con el eventual fallo del ITLOS, la funcionaria reconoció que para su país las medidas provisionales "son vinculantes para las partes" y que su administración "cumple con sus obligaciones internacionales". No obstante, alertó que se encuentran evaluando acciones en caso de que el litigio escale: "Serán legales, serán proporcionales y, se lo aseguro, serán contundentes".
De forma complementaria, Londres activó la ley de Protección de Intereses Comerciales para neutralizar posibles alcances regulatorios foráneos sobre entidades británicas. Sobre esto, el secretario de Negocios, Jonathan Reynolds, garantizó que la gestión "actuará cuando Argentina intente obstaculizar la actividad comercial legítima del Reino Unido". En similar sentido, el canciller Ed Miliband calificó de "inaceptables" las gestiones de Argentina destinadas a "intimidar a empresas e individuos" y reiteró que el compromiso con las islas resulta "inquebrantable".
La vía procesal escogida por el Estado argentino cuenta con jurisprudencia previa en Hamburgo. En abril de 2015, ante el diferendo limítrofe entre Costa de Marfil y Ghana, el tribunal prohibió nuevas perforaciones hidrocarburíferas en el sector en disputa, preservando las preexistentes. A nivel nacional destaca el caso de la fragata ARA Libertad en 2012: tras la solicitud cautelar argentina presentada el 14 de noviembre de aquel año, los jueces del ITLOS tardaron un mes en dictar la orden de liberación irrestricta de la nave retenida en Ghana.
Un elemento de contexto adicional radica en la composición de la cúpula del tribunal: desde el 1 de octubre, la jurista argentina Frida María Armas Pfirter asume la vicepresidencia para el mandato 2026-2029 junto al presidente Kamga. La magistrada, que integra el cuerpo judicial desde 2023 y posee antecedentes como árbitra y conciliadora bajo la Convemar, no se encuentra alcanzada por ninguna causal de recusación automática debido a su nacionalidad según el estatuto vigente del organismo.








