La Justicia federal ratificó la medida contra el empresario y la firma Refres Now por presuntas irregularidades en el Impuesto a las Ganancias de 2020. También mantuvo embargos preventivos por $250 millones para cada uno.
Caso Manaos: la Cámara confirmó el procesamiento de Orlando Canido por evasión fiscal Caso Manaos: la Cámara confirmó el procesamiento de Orlando Canido por evasión fiscal
La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento de Orlando Canido, dueño de la marca de gaseosas Manaos, y de la empresa Refres Now S.A. en una causa por presuntas irregularidades tributarias vinculadas con el Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2020. La resolución también ratificó los embargos preventivos sobre sus patrimonios.
El fallo fue firmado el 22 de octubre por los jueces Juan Pablo Salas, Marcelo Darío Fernández y Marcos Morán, integrantes de la Sala I. De esta manera, el tribunal mantuvo la decisión adoptada previamente por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N.º 3 de Morón, sin modificaciones en los puntos apelados.
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Entre las operaciones bajo investigación figura un préstamo de $650 millones declarado por la compañía. La hipótesis de la acusación sostiene que los fondos podrían haber sido utilizados para justificar un incremento patrimonial sin respaldo suficiente. Canido sostuvo que el dinero había sido aportado en efectivo por un tercero, identificado en el expediente como Lorenzo Pizzo, cuya capacidad económica también fue cuestionada.
La investigación, impulsada con la intervención de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), también analiza posibles irregularidades en deducciones impositivas, facturación y pasivos declarados. Además, el organismo cuestionó operaciones comerciales por montos millonarios y solicitó profundizar el análisis de comprobantes vinculados con distribuidores cuya situación fiscal estaba bajo observación.
Por otra parte, la Cámara confirmó los sobreseimientos correspondientes a determinados hechos de los períodos fiscales 2017 y 2018, debido a la prescripción de la acción penal. La situación es diferente para el ejercicio 2020, cuyo procesamiento continúa vigente. La medida no constituye una condena y Canido permanece en libertad mientras avanza el expediente judicial.








