Maraña legal, maraña moral Maraña legal, maraña moral
Nación, ingeniero Mauricio Macri, de
manera inesperada, por sus compromisos
previos en defensa de la vida
desde la concepción hasta la muerte,
abriera el debate sobre la despenalización del aborto,
nos queda el mensaje de que se devalúan otros
compromisos asumidos que se hacen menos creíbles.
Lo anterior vulnera la voluntad y también las
creencias religiosas del pueblo que nuevamente los
votó en el 2017 en la certeza de que el señor Presidente
no se lavaría las manos y vetaría cualquier intento
de ley que despenalice el aborto, asumiendo
la responsabilidad que le compete y que se le delegó
con los votos.
De manera apolítica sostengo que los argentinos
necesitamos legisladores que respeten la Constitución
Nacional, que los partidos mayoritarios con el
voto transversal no postulen o produzcan leyes que
no representan la voluntad popular ya que se vulneran
principios constitucionales.
Necesitamos volver a partidos políticos que presenten
plataformas bien definidas que sean respetadas
por todos los miembros por ellos propuestos,
bajo pena de desmembrarlo del partido, con cargo
de los perjuicios obrados.
La despenalización del aborto se propone salteando
la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales,
con las modificaciones del año 1994,
que protege la vida de las personas por nacer desde
la concepción, junto al art 19 del Código Civil.
Existen leyes argentinas como la aprobada el
27/09/90, Ley 23.849 que protege el derecho a la
vida desde la concepción, teniendo obligación las
instituciones públicas o privadas, de bienestar social,
los Tribunales, las autoridades administrativas
o los órganos legislativos de velar por el interés superior
del menor.
La 23.849 junto con la 23.054 tienen fuerza de
ley para resguardar la vida y frenar cualquier intento
de legalizar el aborto. Estas leyes, por sí solas,
podrían ser derogadas por otras leyes del Congreso
Nacional. Con la reforma constitucional del año
1994 se incorpora con rango constitucional la Convención
sobre los Derechos del Niño (ley 23849),
protegiendo el derecho a la vida desde la concepción
y por ese motivo no debería aprobarse una ley
que proteja el aborto.
En consecuencia dado el rango constitucional
que tiene la protección de la vida desde la concepción
sería jurídicamente inadecuado que el Congreso
Nacional pueda arbitrariamente sancionar una
ley de despenalización del aborto, ya que la vida está
protegida constitucionalmente desde la concepción.
Para despenalizar el aborto se tendría que modificar
la Constitución Nacional con un quórum mayor
al que se necesita para la derogación de cualquier
otra ley. Además es el Congreso quien debe
sancionar, enmendar o abolir leyes, siempre buscando
que eleven y ennoblezcan al ser humano como
lo propone nuestro papa Francisco.
Falseando datos se habla de responder a los intereses
de la mayoría de la población en la propuesta
de despenalización del aborto, sin embargo no se
pensó lo mismo a la hora de votar la ley de identidad
de género con el argumento de que también se
debía representar los intereses de las minorías.
Respecto de la asignación prenatal cobrada por
los empleados en relación de dependencia desde
el tercer mes de embarazo, retroactivo al momento
de la gestación con un total de 9 pagos, las mismas
han sido percibidas por la mayoría de los legisladores
reconociendo con esa cobranza la vida desde
la concepción, por lo tanto cabe en caso de una
instancia judicial, la aplicación de la teoría del acto
propio, que norma la inadmisibilidad de actuar
contra los propios actos hechos con anterioridad, es
decir que se prohíbe que una persona pueda ir contra
su propio comportamiento mostrado con anterioridad
para limitar los derechos de otra, que había
actuado de esa manera en la buena fe de la primera,
que en este caso es el derecho de terceros de beneficiarse
de asignaciones prenatales en la dulce espera
del adecuado nacimiento de la criatura que está en
el vientre materno.
La cobranza de la asignación prenatal se contradice
con el aborto, dado que una supone la vida y la
otra, la muerte.
Sin embargo en esta instancia muchos se expiden
a favor de la despenalización ninguneando la
existencia de la criatura hasta las 14 semanas de
gestación y facilitando el aborto hasta el noveno
mes por algún defecto físico de la criatura por nacer,
incluido síndrome de Down o porque afecta la
salud psíquica o social de la mujer, planteada en
términos muy amplios, incluidas menores de edad
sin permiso de sus progenitores.
Algunos legisladores con la misma mano que
cobraron la asignación prenatal para sus hijos hoy
están dispuestos a firmar la imposibilidad de que
crezcan y nazcan en sus normales términos las criaturas
de terceros. Siendo que hay otras salidas como
mejorar la educación y la salud sexual en el
marco de un amor responsable y comprometido, la
posibilidad de crear una figura de adopción desde el
vientre materno, apoyo a instituciones que contengan
a mujeres embarazadas, niños con capacidades
diferentes, etc.
Nos podemos preguntar: ¿Qué pasará con la actual
asignación por embarazo para protección social
para embarazos de 12 semanas de gestación si
se considera que puede abortar antes de la semana
14 o hasta el noveno mes?
Tal vez se pueda cobrar uno o más meses de
asignaciones y abortar a la vez. ¿Qué mensaje se les
da con la despenalización del aborto a las instituciones
de muchos años de existencia y los empleados
de ellas cuyo fin es la protección de embarazadas,
de las personas con capacidades diferentes o con
síndrome de Down?
¿Qué pasará con el juramento hipocrático de los
médicos?, ¿qué pasará con la objeción de conciencia
ellos?, ¿serán acaso despedidos o discriminados
por defender la vida? ¿Se les puede cambiar “las reglas
de juego” en la mitad de su ejercicio profesional?
Sería como permitir tacles de rugby en el segundo
tiempo de un partido de futbol. ¿Qué pasará con
los idearios, estatutos y planificaciones de estudio
de distintas instituciones y entidades educativas y
con la educación que las mismas imparten en lo que
respecta a familias o los derechos de las personas
por nacer?
¿Qué pasará con la educación de los jóvenes a
quienes se les enseña más de sus derechos que de
sus obligaciones, sin que afronten después de una
conducta promiscua las consecuencias de sus actos,
facilitándoles el aborto?
¿Dónde está el compromiso asumido por las autoridades
al asumir el cargo de respetar la Constitución
Nacional? ¿No consideran que están salteando
la Constitución Nacional y cómo los podría juzgar
en el futuro la historia y la ley humana o la divina
por facilitar masivas muertes de inocentes, similares
a los delitos imprescriptibles de lesa humanidad?
El fin no justifica los medios, para la protección
de las madres es importante apoyarlas en vez de
juzgarlas y saber que existen otras alternativas menos
violentas que el aborto y que ayudan también
a prevenir las agudas depresiones que sufren postaborto.
Cuando se pierde la orientación del bien común
(madre e hijo) entramos en una maraña legal, donde
cada cual busca la interpretación que le conviene.
Espero que las autoridades rectifiquen rumbo
para no tener marañas legales que nos lleven a verdaderas
marañas morales ya que muchos confunden
lo legal con lo moral.
Las leyes tendrían que armonizar en su totalidad
con la Constitución Nacional facilitando la aplicación
de la misma, sin dejar baches legales, en búsqueda
de un verdadero ordenamiento jurídico que
construya la paz, que es la tranquilidad en el orden.
La paz es contraria a la anarquía o desorden legal
y moral que se produce mediante votos transversales,
que no reflejen ni lo ordenado en la Constitución
Nacional, ni la voz del pueblo ni la de los
no nacidos.
Las leyes no sólo nos regulan, sino que es mucho
más delicado, son como una vidriera o un perfil que
muestran al mundo los ciudadanos y la calidad humana
que queremos tener en nuestra patria.