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El comercio acordó suba salarial del 30% a pagarse en 4 cuotas

28/05/2019 23:15 Economía
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El Sindicato de Comercio, el de mayor número de trabajadores del país, acordó finalmente su paritaria con un incremento salarial que totalizará 30% al final de su vigencia, pero cuyo costo será menor para los empresarios por contener pagos no remunerativos.

La paritaria, que involucra a cerca de un millón de empleados mercantiles en todo el país y más de 14 mil en Santiago del Estero, quedó estructurada con subas bimestrales y una cláusula de revisión en enero y una suma extraordinaria. La firma se llevó a cabo con la Cámara de Comercio (CAC) y la Confederación de la Mediana Empresa (Came).

Un aumento salarial se ejecutará de la siguiente manera: 4,5% septiembre-octubre, 4,5% noviembre-diciembre, 4,5% enero-febrero y 4,5% en marzo de 2020. A esto hay que sumarle una asignación extraordinaria, por única vez, a pagarse en 5 cuotas que constituyen los siguientes aumentos: 4,5% mayo-junio, 4,5% julio-agosto y 3% en marzo de 2020.

El acuerdo se llevó a cabo bajo la atenta mirada del Gobierno, que dispuso para este año una pauta de subas del 28% con dispar acatamiento, el gremio que encabeza Armando Cavalieri resolvió a última hora una negociación que había alcanzado días atrás un principio de acuerdo, pero que se vio frustrado por diferencias sobre el método de pago. Por esa razón el entendimiento final incluyó una compleja ingeniería que mixturó incrementos de suma fija remunerativa con los que no tributan a la seguridad social, y eludió la fijación de porcentajes.

Vigencia

El convenio comenzará a regir con los salarios de mayo, mes para el cual se pactó una suma fija no remunerativa, que se distribuirá en cinco etapas: las dos primeras, para el bimestre de mayo y junio; las dos siguientes, en julio y agosto, y la última en marzo de 2020. En el medio se resolvió fijar para agosto y septiembre los dos primeros incrementos remunerativos de todo el proceso, aunque también a través de sumas fijas, indicó el diario. Esa modalidad se repetirá en octubre y noviembre, y también en diciembre y enero. Esta metodología, que se denominó único pago no remunerativo, permitirá a los empleadores reducir el impacto financiero al determinar que buena parte de los ajustes no tributará para la seguridad social. El acta incluyó una cláusula según la cual en caso de despido de un trabajador durante la vigencia del acuerdo, los montos pagados como no remunerativos pasarán a considerarse como si estuvieran incorporados al salario para calcular la indemnización.l


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