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La Corte limitó el uso de escuchas telefónicas

20/06/2019 01:45 Política
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La Corte limitó el uso de escuchas telefónicas La Corte limitó el uso de escuchas telefónicas

La Corte Suprema de Justicia precisó que las escuchas telefónicas deben ser utilizadas “exclusivamente para contribuir al esclarecimiento” de delitos en procesos penales en curso y pidió al Congreso que “certifique” que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) “no realiza tareas de investigación ajenas” a las solicitadas por los magistrados.

En acordada firmada por los cinco miembros, dejó en claro, además, que las escuchas telefónicas son una “herramienta al servicio de la función jurisdiccional”.

Destacó además que “la interceptación de las comunicaciones entre un imputado y su abogado defensor constituye una grave violación a la garantía constitucional de defensa en juicio”.

En ese sentido, expresó que sin esa garantía constitucional “toda la población ve comprometida la vigencia del estado constitucional de derecho”. La Corte recordó que las “escuchas” solo pueden ser dispuestas por orden “fundada” de un juez, para casos concretos y por un plazo determinado.

Los jueces pidieron a la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia que “certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales”.l


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