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Las consecuencias de falsificar moneda

29/11/2018 00:00 Policiales
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El delito de falsificación de dinero se consuma mediante la creación de monedas o billetes que se asemejen a la divisa real, promoviendo su circulación, en detrimento del patrimonio de aquellas personas que reciben aquel dinero.

Especialistas consultados expresaron que el bien jurídico protegido es la fe pública, la cual se vulnera cuando se adultera actos, signos, formas a los cuales la ley le atribuye el valor de certeza legal.

En tal sentido, indicaron que este delito se encuentra tipificado en el artículo 282 del Código Penal, bajo el título "Falsificación de moneda, billetes de banco, títulos al portador y documentos de crédito y prevé una pena de reclusión o prisión de tres a quince años, al que falsificare moneda que tenga curso legal o que introdujere, expendiere o pusiere en circulación".

Del tal modo, señalaron los letrados, el delito de la falsificación de moneda o papel moneda es de competencia federal, por lo tanto su desarrollo, descubrimiento y posterior denuncia, promueven acciones de competencia exclusiva de los jueces federales de cada provincia.

Un aspecto importante a la hora de responsabilizar y penar conductas es la cuestión referida a la buena o mala fe de quien recibe la moneda alterada o bien si la hace circular con pleno conocimiento de la falsedad de la divisa.

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