En qué consiste la figura del progenitor afín y cuál es su incidencia legal En qué consiste la figura del progenitor afín y cuál es su incidencia legal
Entre las novedades que
trajo consigo la reforma del Código
Civil y Comercial, se destaca
la figura del padre o progenitor
afín, regulada a partir del
artículo 672 del texto normativo.
En un comunicado, el Poder
Judicial informó que en tal sentido,
se conceptualiza al progenitor
afín como el cónyuge o
conviviente que vive con quien
tiene a su cargo el cuidado personal
del niño o adolescente.
Asimismo, el plexo normativo
determina que la colaboración
que presta esta persona
no afecta los derechos que
tiene a su cargo quien ejerce la
responsabilidad parental.
De tal modo, el artículo 676
del Código de fondo menciona
que el deber alimentario del
padre afín tiene carácter subsidiario
y se extingue cuando cesa
el vínculo conyugal o se produce
el cese de la convivencia.
No obstante, cuando esa
ruptura pueda significar un daño
considerable al niño, el juez
puede fijar una cuota asistencial
a su cargo con carácter
transitorio.
Cabe mencionar, que el
cuerpo unificado contempla la
posibilidad que el progenitor
delegue en el padre afín el ejercicio
de la responsabilidad parental,
supuesto que se presenta
cuando no está en condiciones
de cumplir plenamente tal
función. Estas situaciones se
refieren a viajes, enfermedad o
incapacidad transitoria.
Además, es posible el ejercicio
conjunto de la responsabilidad
parental con el padre afín
en caso de fallecimiento de un
progenitor. En tal sentido, el padre
afín puede asumir conjuntamente
el ejercicio de los derechos
y deberes con el progenitor
sobreviviente.
En tal sentido, el CCyC,
acorde a los cambios en las relaciones
vinculadas con las familias
ensambladas, regula los
diferentes supuestos que dan
lugar a situaciones que surgen
conforme la dinámica de las relaciones
interpersonal, atento
al interés superior del niño.








