Las expectativas están puestas en la próxima reunión de acuerdos.
La Corte Suprema quedó en condiciones de fallar sobre la Ley de Financiamiento Universitario La Corte Suprema quedó en condiciones de fallar sobre la Ley de Financiamiento Universitario
Este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación quedó habilitada para dictar sentencia en la causa contra el Poder Ejecutivo por el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario. El eje del conflicto es la implementación de dicha ley, la cual el Gobierno cuestiona desde su veto parcial en 2025 y tras la posterior insistencia del Congreso para sancionarla; la postura oficial argumenta que la normativa carece de precisión sobre el origen de las partidas presupuestarias y las fuentes de financiamiento necesarias para su ejecución.
Con este movimiento, la Corte está en condiciones en emitir sentencia por lo que las expectativas quedan puestas en su próxima reunión de acuerdo, el jueves. Según marca la normativa, en estos casos no es necesario que gire el expediente al Ministerio Público Fiscal para que emita opinión, aunque puede requerirla.
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La ley cuestionada establece la actualización automática de las partidas según la inflación, la recomposición salarial de docentes y no docentes, y refuerzos específicos para becas, infraestructura y hospitales universitarios, informó el sitio Todo Noticias.
Sin embargo, su implementación fue limitada en la Ley de Presupuesto 2026 y a través de la Decisión Administrativa 20/2026.
Por ese motivo, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) promovió una medida cautelar que obtuvo fallos favorables en primera y segunda instancia. En respuesta, el Gobierno interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema donde argumentó que la aplicación de los artículos 5 y 6 de la ley provocaría un "grave e irreparable perjuicio al Estado".
Paralelamente, las universidades impulsan un incidente de ejecución de sentencia en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para que se liberen las transferencias pendientes. Hasta que la Corte no resuelva el recurso extraordinario, la ejecución de la ley permanece suspendida y el Ejecutivo no está obligado a realizar las erogaciones correspondientes.
Sin embargo, no existen plazos para que se pronuncie el máximo tribunal. Fuentes consultadas confirmaron a TN que la Corte podría rechazar el recurso sin entrar al fondo del asunto, invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Si adopta esa postura, quedaría firme la sentencia de Cámara que obliga al Gobierno a transferir los fondos.








