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EL LIBERAL . Interior

El comité de emergencia de Añatuya fijó horarios de comercios y nuevas restricciones

Tras mantener una reunión dieron a conocer la norma

Tras mantener una reunión, dieron a conocer la norma.

22/03/2020 23:55 Interior
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El comité de emergencia de Añatuya fijó horarios de comercios y nuevas restricciones El comité de emergencia de Añatuya fijó horarios de comercios y nuevas restricciones

AÑATUYA, General Taboada (C) El Comité de Emergencia aÑatuyense encabezado por el intendente municipal, Héctor IbáÑez, y representantes de distintas instituciones, se reunieron con el propósito de elaborar un decreto para fijar nuevas medidas en torno a la situación sanitaria por el coronavirus.

De la reunión participaron ediles, la fiscal coordinadora doctora Emilia Ganem, jefe de policía, médicos del hospital, representantes de la Cámara de Comercio, la legisladora provincial Esther Moreno, representantes de Bomberos Voluntarios, entre otras instituciones, y se aprobaron los puntos tratados para ser plasmados en el decreto municipal 962/2 que establece en su artículo 1°: “Habilitar a los comercios comprendidos en el alcance del decreto nacional, a funcionar en los horarios de 8 a 14, a partir del 22 de marzo por tiempo indeterminado, con excepción de las estaciones de servicios y farmacias, las cuales funcionarán normalmente, respetando su horario habitual y sus turnos respectivos”.

En el segundo punto dispusieron que “las distribuidoras de mercaderías y bebidas solamente podrán realizar sus repartos en los horarios enunciados en el artículo 1° del presente decreto sin excepciones”.

El punto 3 seÑala que “la descarga de mercaderías proveniente de ciudades foráneas para el abastecimiento de los comercios, se realizará con el comercio cerrado y podrán hacerlo en la franja horaria de 0 a 8 horas, y de 14 a 23.59, sin excepciones”.

En el artículo 4°, establecen que “queda absolutamente prohibida la entrada a la ciudad de AÑatuya de cualquier clase de vehículos y personas provenientes de las ciudades de Ceres, provincia de Santa Fe; Selva, provincia de Santiago del Estero; y de cualquier otra ciudad en donde haya casos positivos de Covid 19”.

Por último enfatizaron en el punto 5° que “las infracciones a las normas de la emergencia sanitaria, la infracción a las medidas previstas en este decreto, dará lugar a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente, sin perjuicio de las denuncias penales que corresponde efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme a lo previsto en los artículos 105, 239 y concordantes del Código Penal”.


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