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Ordenan al PAMI proveer medicina vital a cardiólogo

CAUTELAR Paciente con insuficiencia renal

Ordenan al PAMI proveer medicina vital a cardiólogo

Ordenan al PAMI proveer medicina vital a cardiólogo.

14/09/2025 06:30 Policiales
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El juez Federal, Sebastián Argibay, dispuso que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados INSSJP- (PAMI) brinde inmediata cobertura integral y continua del medicamento Eculizumab (Soliris) o Ravulizumab (Ultomiris), a favor de un cardiólogo paciente con insuficiencia renal.

Así lo refrendó el magistrado, al hacer lugar a una medida cautelar interpuesta por el abogado, Diego Lindow, dentro de un amparo sustancioso, cuyo análisis está en proceso.

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Al desarrollar su historia, Lindow subrayó que en 2018, mientras cursaba su especialidad en cardiología en Córdoba, el galeno sufrió un cuadro de insuficiencia renal aguda diagnosticado como Síndrome Urémico Hemolítico (SUH), que requirió hemodiálisis de urgencia.

Fue ingresado en lista de espera para trasplante renal y en 2019 recibió un riñón de donante vivo. A los pocos meses, y tras recuperar parcialmente su calidad de vida, sufrió un nuevo fallo renal agudo, debiendo someterse nuevamente a diálisis y a la extirpación del riñón trasplantado.

Desde entonces, permanece en diálisis peritoneal crónica (3 a 4 conexiones diarias), con complicaciones quirúrgicas repetidas (paratiroidectomía, cirugías de rodilla por luxaciones bilaterales, etc.).

Manifestó Lindow que el medicamento "fue prescripto por su médico especialista, pero PAMI ha rechazado la cobertura por escrito, alegando que "se encuentra fuera de cobertura" y "no se accede por vía de excepción", dejando al paciente en total desprotección, violando derechos constitucionales y convencionales fundamentales".

Ante la presentación, ahora el juez Federal declaró la competencia del Juzgado Federal N° 2 para entender en la presente causa.

Por ello, resolvió "Hacer lugar a la medida cautelar" y ordenó al INSSJP PAMI, la inmediata cobertura integral y continua del medicamento", conforme "lo prescripto por el médico tratante". Ello "deberá hacerse efectiva previa caución juratoria que deberá prestar el accionante, beneficiado de la presente medida cautelar, y hasta tanto se dicte sentencia de fondo en la presente causa…".l

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