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Inesperado "conflicto" por homicidio de adolescente deja en suspenso un juicio abreviado y pena de 9,6 años

Las partes no arribaron a una imputación homogénea. "Homicidio simple o transversal; Juzgado de Género o Control y Garantías.

TENSIÓN- El individuo fue apresado tras el fallecimiento del hijo de la mujer Ahora sobrevino un inesperado conflicto  por la calificativa legal

TENSIÓN: El individuo fue apresado tras el fallecimiento del hijo de la mujer. Ahora, sobrevino un inesperado "conflicto" por la calificativa legal.

27/12/2025 06:00 Policiales
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La Justicia de Género no homologó ayer una condena de 9,6 años de prisión, al disentir con las imputaciones emergentes dentro de una causa, sostenida en un obrajero que mató de una puñalada al hijo de su expareja, en el departamento Figueroa.

La historia recuerda que el 3 de diciembre del 2024, Elvio Fernando Miranda (44) irrumpió en casa de su ex pareja, Rosa Margarita Salto, en el paraje Quebrachal Este, Figueroa.

Miranda se puso violento y hasta habría golpeado a la mujer con una linterna. A su lado dormía su hijo, Leonardo Aníbal Sosa, de 19 años.

Gritos en la noche

Ante los gritos de la mujer, su hijo se levantó de la cama y partió tras Miranda. El joven llevaba un cuchillo. Le dio alcance junto al corral. Cayeron, pelearon y Miranda le haría arrebatado el cuchillo y asestado una herida mortal en el abdomen.

Con Miranda prófugo, Sosa falleció cinco días después. El prófugo cayó preso y la fiscal Cecilia Gómez Castañeda calificó los hechos como "homicidio simple", por Sosa y "lesiones leves agravadas", por Salto.

Asistido por el abogado Edgardo Fernando Juárez (foto), Miranda fue ayer al Juzgado de Género con un acuerdo de 9,6 años de condena.

Criterios variados

Sin embargo, el juicio no progresó. Los voceros deslizaron que para la magistrada, quizá se trató de un "homicidio transversal", o por "venganza transversal". Se trata de un tipo de homicidio agravado, especialmente en contextos de violencia de género, que ocurre cuando una persona mata a un tercero (un hijo, por ejemplo) con el fin específico de causar sufrimiento, dolor o venganza a su expareja.

Por el contrario, para la fiscal, se trata de un "homicidio simple": el joven no tenía vínculo con su verdugo. También, la víctima llevaba el arma blanca. E incluyó una derivación del primer ataque a su madre. De nuevo, Morán repreguntó si fue un "homicidio simple", por qué fue instruido en Género. Conclusión, no hubo consenso y la magistrada desestimó el acuerdo.

Ahora, no se descarta que las partes acudan ante la jueza de Género, Cecilia Laportilla, y si persiste el antagonismo, quizá terciará un tribunal superior.

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