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A tener en cuenta si viajas a Córdoba: ya rige la nueva Ley de Tránsito con nuevas sanciones

Conocé la nueva normativa, en especial, con el uso de las luces.

Policía Caminera de Córdoba (Archivo  La Voz)

Policía Caminera de Córdoba. (Archivo / La Voz)

31/12/2025 11:32 País
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A través de la Ley N° 11.096, la provincia de Córdoba oficializó una reforma integral de su sistema de seguridad vial. La normativa, que modifica la histórica Ley 8.560, ya se encuentra operativa tras su publicación en el Boletín Oficial. El objetivo central de la reforma es la modernización de los controles y el endurecimiento de las penas para conductores infractores.

Uno de los puntos más destacados es la introducción de la reiterancia. Bajo este nuevo esquema, si un conductor comete una falta mientras tiene un proceso sancionatorio previo aún no firme, la autoridad podrá aplicar medidas preventivas inmediatas y agravar la sanción final.

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Asimismo, la Voz del Interior también menciona las nuevas sanciones: la ley suma nuevas herramientas al régimen sancionatorio. Entre ellas, se incorpora el trabajo comunitario, que podrá cumplirse en dependencias públicas o en instituciones de bien público.

También se habilitan las llamadas instrucciones especiales, que incluyen la asistencia obligatoria a cursos educativos o programas terapéuticos vinculados a la seguridad vial y la convivencia ciudadana.

En materia de seguridad vial, la normativa introduce precisiones sobre el uso obligatorio de luces.

La ley no elimina la obligación de circular con luces encendidas, pero regula el uso de las luces diurnas automáticas (DRL) como alternativa válida durante el día, siempre que haya suficiente luz natural y buenas condiciones de visibilidad.

En situaciones de niebla, lluvia intensa, neblina, humo, polvo o cualquier circunstancia que reduzca la visibilidad, sigue siendo obligatorio el uso de luz baja, incluso en vehículos equipados con sistemas DRL.

Infracciones: cómo se clasifican ahora

La nueva ley actualiza el Cuadro General de Infracciones, que clasifica las faltas en leves, graves y muy graves.

Entre las conductas tipificadas se incluyen, entre otras:

Exceso de velocidad

Conducción negligente o temeraria

Falta de licencia habilitante

Circulación sin seguro obligatorio

Picadas ilegales

Fuga tras un siniestro vial

Controles digitales y trámites a distancia

Otra de las novedades es la modernización de los procedimientos. La normativa habilita el uso de medios técnicos, digitales y dispositivos electrónicos, tanto presenciales como remotos, para la constatación, registro y documentación de infracciones.

Estos medios también podrán utilizarse para notificaciones y actuaciones administrativas.

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