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De un centro de salud mental, docente detenida es enviada a su casa por embarazo gemelar

La Justicia priorizó el embarazo de alto riesgo que transita ya las 14 semanas. Condiciones exigidas en una causa delicada.

INTERNADA La maestra se encontraba alojada en El Polear desde fines de diciembre

INTERNADA. La maestra se encontraba alojada en El Polear desde fines de diciembre.

07/01/2026 06:00 Policiales
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El juez de Control y Garantías, Fernando Paradelo, otorgó un Hábeas Corpus Correctivo y, en tal sentido, ordenó el traslado de una docente embarazada gemelar desde el Centro de Salud Mental El Polear, Banda, hacia su casa en el Bº Santa Lucía Prolongación.

La protagonista del proceso es Gianina Donnis, de 35 años, quien cursa 14 semanas de un embarazo gemelar "con amenaza de aborto", según los fundamentos subrayados por la abogada, María Florencia Gómez.

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La cronología judicial recuerda que todo comenzó a fines del 2025. Donnis vendió una propiedad de su madre. A cambio, habría recibido un automóvil y una combi. Ante dificultades mecánicas de las unidades, Donnis habría reaccionado furiosa.

DEFENSA María F. Gómez

Usurpación

Acto seguido, habría irrumpido en la vivienda, que acababa de vender, violentado la seguridad e instalado como "okupa", según la denuncia de Marcelo Gustavo Abdelnur.

Apresada el 3 de diciembre, el 24 la Justicia resolvió internarla en El Polear, ante presuntos problemas emocionales, de acuerdo con las actuaciones del proceso que comanda el fiscal, Miguel Ángel Torresi, por presunto "daño, usurpación y robo", trascendió de esferas judiciales.

Ante la presunta fragilidad en su salud, la defensa contragolpeó con un Hábeas Corpus Correctivo, cuya respuesta fue casi inmediata. En su resolutorio, el juez Paradelo habría fijado un combo de requisitos inviolables.

JUEZ Fernando Paradelo

Condiciones

La maestra Donnis deberá cumplir las siguientes medidas: "… No sobrepasar los límites del inmueble denunciado; solicitar previamente autorización para salir del domicilio con su correspondiente justificación; mantener reuniones restringidas al estricto grupo familiar con el cual convive; todo ello bajo apercibimiento de ser revocada la misma, cuando la imputada quebrantare injustificadamente la obligación que precede…", resaltó el magistrado en el escrito.

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