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EL LIBERAL . Santiago

Reglamentan excepción para personas con discapacidad

14/04/2020 22:10 Santiago
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El gobierno reglamentó la excepción del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” por coronavirus para las personas con discapacidad y a quienes las atiendan, mediante la resolución 77/2020 publicada en el Boletín Oficial, que permite “salidas breves, a no más de 500 metros de la residencia”, y asigna días según la terminación del número del documento.

El director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad, Claudio Espósito, afirmó que la medida se tomó porque tiene “un efecto terapéutico” y apunta a lograr para estas personas “un equilibrio luego de tanto encierro”.

“Hace que las personas tengan un equilibrio después de tanto encierro y estén más tranquilos en sus hogares”, sostuvo, y agregó que las personas con discapacidad intelectual, mental y psicosocial “están acostumbrados a estar con terapeutas o en escuelas”.

El funcionario añadió que las salidas sirven para “evitar medicación” y “frenar algunas actitudes violentas, porque la situación para ellos es angustiante”.

Consenso

Espósito precisó que la medida fue consensuada con el presidente Alberto Fernández y se tomó en cuenta para decidir la resolución que las personas con discapacidad están “acostumbradas a salir” y a tener “contención”.

Además, explicó que es muy difícil para personas con discapacidad intelectual y mental “comprender la cuarentena”.

En el artículo 2 de la norma se explica que las personas con discapacidad solo podrán realizar salidas breves “cuando no tengan síntomas compatibles con Covid-19 (fiebre, dolor de garganta, tos y/o dificultad respiratoria)”.

También se establece, en el artículo 3, que podrán salir a la vía pública “con un único acompañante, familiar o conviviente, si lo necesitaren, para realizar paseos breves, a no más de 500 metros de su residencia”.

Salidas

El cronograma de salida que se fija es los días lunes, miércoles y viernes a aquellas personas con discapacidad cuyo último número de documento sea 1, 2, 3, 4 y 5, y los martes, jueves y sábados a aquellas cuyo último número de documento sea 6, 7, 8, 9 y 0.

Para salir, las personas deberán llevar el Certificado único de Discapacidad (CUD) en soporte papel o foto digital, o el turno de actualización del mismo si está vencido, además de “el o los Documentos Nacionales de Identidad”.

Asimismo, regula que durante las salidas deberá tenerse en cuenta “respecto de los demás transeúntes, el distanciamiento social de un metro y medio como mínimo”.l


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