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EL LIBERAL . Santiago

Cómo interviene el Registro de Adopción en caso de infantes en situación de vulnerabilidad

25/04/2019 15:49 Santiago
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Cómo interviene el Registro de Adopción en caso de infantes en situación de vulnerabilidad Cómo interviene el Registro de Adopción en caso de infantes en situación de vulnerabilidad

El Registro único de Adopción (RUA) nació como una entidad destinada a promover el respeto integral de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), razón por la que toma participación en los procesos adoptivos de quienes han visto coartados sus derechos esenciales.

En este marco y consultada por personal de la Oficina de Prensa del Poder Judicial, la coordinadora del RUA, Dra. Carolina Agüero, sostuvo que en casos donde la vida o el adecuado desarrollo de los NNA se ve en riesgo inminente, se pone en marcha un sistema de protección integral, en pos de velar por su bienestar.

“Existen dos formas o metodologías contempladas por la Ley Provincial N° 6915, tendientes a la protección integral del NNA, frente al caso que el derecho de este ya sea a nivel sociales, culturales, económicos, educativos, entre otros se encuentren vulnerados”, explicó la funcionaria.

En primer lugar, se encuentran las medidas ordinarias, por medio de las cuales se busca que los NNA se mantengan dentro del seno de su familia de origen. Por lo tanto, se promoverá la implementación de medidas de fortalecimiento familiar, con la finalidad de contener al niño.

Paralelamente, se acompañará a los nuevos responsables en la asunción de su función materno-paterna (sean abuelos, tíos u otros familiares) para promover que el NNA permanezca en su contexto familiar, aquél que conoce y al que no le costará tanto adaptarse.

En segundo lugar, se encuentran las medidas extraordinarias. Son las que se implementan cuando el NNA, afectado por circunstancias de alto riesgo para su desarrollo, es separado de su grupo familiar porque en éste se vulneran sus derechos.

Por tal motivo, el NNA es trasladado y alojado en los hogares de protección que se encuentran bajo la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SUBNAF). 

Intervención de un juez

Posteriormente, se da intervención a un juez de Familia, quien controlará la legalidad de la medida adoptada por la SUBNAF. Transcurridos 90 días, desde que fue alojado en un hogar de protección sin que la situación se revierta, el niño es declarado en situación jurídica de adoptabilidad.

A partir de ese momento, se comunica al RUA el estado de adoptabilidad, por lo que el Juzgado de Familia interviniente brinda las características del niño y se promueve la búsqueda de postulantes para su adopción.

La finalidad es integrar al niño en un grupo familiar donde pueda recibir contención y crecer en un marco de respeto de la integridad de sus derechos.

Sobre el particular, la Dra. Agüero sostuvo: “Siguiendo el lema de la Convención sobre los Derechos del Niño `La humanidad debe al niño lo mejor que puede dar', es imperativo que al encontrarnos casos de niños en riesgo, todas las personas nos involucremos. Al detectar estas situaciones, denunciemos en cualquier Comisaría cercana o la del Menor y la Mujer; la SUBNAF; el RUA; en las Fiscalías o Defensorías, para convertirnos en protagonistas, capaces de evitar finales trágicos a seres tan inocentes”.

A través de estos procedimientos, la RUA y demás organismos provinciales, aunan sus esfuerzos con la finalidad de la protección integral de los derechos de los NNA, asegurando para ellos un crecimiento saludable y con un proyecto de vida.


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