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Cuáles son las consecuencias posibles ante la compra de bienes robados

31/01/2021 23:45 Policiales
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Casi a diario se conocen casos en los que la Policía recupera bienes que fueron robados a un damnificado y que dichos bienes están ahora en poder de un tercero que los adquirió, desconociendo o no, su origen. El interrogante que surge es si es posible que el “comprador” tenga que pagar las consecuencias de sus actos ante la Justicia, como una forma de desalentar la compra de estos elementos de origen delictivo.

 

¿Qué puede suceder si, por ejemplo, compra una bicicleta, un celular o una moto de segunda mano y sabe que fue hurtada o robada?

(R) Puede suceder claro, que el Ministerio Publico Fiscal los pueda imputar por un delito de receptación. Además se le secuestraría el bien denunciado como robado o hurtado y perderá el dinero pagado al ladrón o vendedor sin perjuicio de que pudiera tener más inconvenientes, como ser aprehendido o detenido para descartar cualquier tipo de autoría y/o participación en el hecho delictivo y hasta tanto finalice la investigación criminal.

 

¿Es delito comprar bienes de dudosa procedencia?

Por supuesto que sí lo es. Muchos de los delitos de robos y hurtos están fuertemente asociados a una fuerte y habitual existencia de muchísimos delincuentes que viven de ello y mercados clandestinos donde se compran y venden estos bienes o se intercambian por drogas.

 

¿Qué es este delito de receptación?

Es el que comete “quien tiene en su poder, sabiendo su origen o debiendo saberlo de dónde vienen esos bienes, cosas que son hurtadas o robadas”. Se aplica la ley a quien con ánimo de obtener un beneficio propio, ayude a aprovecharse de los efectos hurtados, robados, estafados o apropiados indebidamente por otra persona. Las penas en estos casos pueden llegar hasta los dos años de prisión. Sin embargo, no hace falta conocer exactamente cómo ha sido robado el bien; basta con que conozca su origen ilícito para que se condene por receptación.

Requisitos

Para que pueda condenarse por este delito deben darse los siguientes requisitos: 1) Concurrencia de dolo. 2) ánimo de lucro. 3) Tener conocimiento cierto de la comisión del delito contra el patrimonio. 4) No ser ni autor, ni cómplice del delito precedente. 5) Ayudar a los responsables a aprovecharse de los efectos del delito, recibirlos u ocultarlos.

 

¿Hay un mercado de reventa para estos bienes?

Ni lo duden que es así. La compra y venta de bienes robados, además de configurar un delito, implica un modo de vida para todos los involucrados en su sustracción y posterior venta y/o trueque por drogas u otros bienes. Por lo tanto, se debe controlar por la policía investigativa y afectados, los mercados de reventa de bienes robados que es un problema delictivo bastante serio por la facilidad que nos dá el uso frecuente del internet para ello.

No hay que olvidarse que este delito sigue existiendo porque aún las personas compran artículos robados o hurtados. El más común las autopartes en los desarmaderos clandestinos, pero hoy se compran todo tipo de bienes robados o hurtados. Comprar bienes robados es un delito que debe penarse.

 

¿Cómo se sabe o se conoce que son bienes hurtados y/o robados?

El comprador sabe desde el primer trato con el vendedor y tiene conocimiento de ello, si bien quizás no lo sabe en profundidad, o de manera pormenorizada, sí sabe que proviene de un delito anterior. ¿Por qué? Hay muchas circunstancias que sirven para inferir ello, a saber: el horario en que se los ofrece, la irregularidad de las circunstancias de la venta, el precio vil o ínfimo que es muy desproporcionado con el valor real de lo que está ofreciendo, por la clandestinidad en las formas del ofrecimiento, por la explicación que le da para justificar la tenencia de esos bienes, etc. Basta que el comprador de estos bienes sepa de su procedencia y ello puede inferirse de una serie de indicios.

Al finalizar, el Dr. Ordó ñez Ducca indicó: “No solo hay que recuperar los bienes robados, sino investigar a los supuestos compradores de buena fe si lo fueron y llevarlos a juicio”.

 

Entonces, ¿cuál es el riesgo que corre si compra cualquier bien que sea robado?

Si bien hay leyes que castigan la compra de productos robados, es muy claro que el comprador o quien acepta esos bienes, debe tener conciencia de que son fruto de la delincuencia para que se pueda ejercer acción legal en su contra. Esto quiere decir que si compran objetos robados, depende de las circunstancias de ello, si los mandan o no a la cárcel. Lo más probable es que si desconocían que eran artículos robados o hurtados, no haya un crimen.

Para ser acusado, las leyes sobre compra, venta y recepción de bienes robados coinciden en que quien recibe debe saber que son producto de un robo y es menester investigarlos en profundidad a los efectos de que disminuya y/o desaparezcan estos delitos.

No conformarse con sólo recuperar los bienes por ellos comprados y devolvérselos a los damnificados, sino fundamentalmente investigar a cada uno su responsabilidad criminal a fondo.l


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