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El Gobierno envió el proyecto de ley para blindar el uso de los dólares del "colchón"

La iniciativa "cerrojo" que complementa las medidas de información tributaria que decidió ARCA y la flexibilización de controles para operaciones inmobiliarias y de compra de vehículos.

 El titular de ARCA Pazo y el diputado Espert de la Comisión de Presupuesto Cambio de paradigmas del régimen general y blindaje

El titular de ARCA, Pazo y el diputado Espert, de la Comisión de Presupuesto. Cambio de paradigmas del régimen general y blindaje.

06/06/2025 06:02 Política
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El Gobierno envió ayer al Congreso el proyecto de ley de "Inocencia Fiscal" con el que buscará "blindar" las medidas que tomó para empujar el uso de dólares ahorrados fuera del sistema formal sin penas ni multas.

El anuncio lo realizaron el titular de ARCA, Juan Pazo, y el diputado José Luis Espert. La iniciativa reduce el monto de prescripción del delito de evasión tributaria a 3 años, limita la posibilidad de que ARCA inicie denuncias penales, pero también eleva las multas por incumplimientos.

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Según Pazo, el proyecto tiene 2 partes centrales: 1) Cambio de paradigma del Régimen General. 2) Blindaje del nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

Así, estos serán los principales cambios: - Delitos penales: Suben los montos mínimos para configurar delitos penales tributarios. El umbral para fraude fiscal sube de $1.500.000 a $100.000.000, para apropiación indebida de tributos de $2.000.000 a $200.000.000, y para aprovechamiento indebido de beneficios fiscales de $100.000 a $10.000.000.

"Hasta hoy en Argentina podían investigarte por evasor simple por diferencias de $1,5 millones. A partir de ahora estos límites aumentarán significativamente", dijo Pazo. "Significa que de 7.500 causas abiertas hoy en el fuero penal tributario, quedarán en curso unas 200?, agregó. También se modifican los montos por retenciones y percepciones indebidas, que suben de $2.000.000 a $200.000.000, y se actualizan las escalas de sanciones previstas en casi todos los artículos del régimen vigente. En el artículo 4, el mínimo se lleva de $100.000 a $10.000.000; en el artículo 5, de $200.000 a $7.000.000.

- Extinción de la acción penal tributaria: si el contribuyente, dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación, cancela las obligaciones evadidas e intereses, más un adicional del 50%, con la condición de que no se trate de montos provenientes de maniobras dolosas con documentación falsa. No se podrá aplicar la extinción de la acción penal por el pago integral de deuda en el Régimen Penal Tributario (cierra la puerta a acuerdos como la probation).

* Exclusión de la denuncia penal cuando se trate de diferencias de criterio interpretativo, errores técnico-contables manifestados, o cuando la deuda sea producto exclusivo de presunciones legales sin evidencia adicional. * Limitación a la denuncia penal si el contribuyente presenta DDJJ originales o rectificativas antes de la notificación de inspección. * Reducción del plazo de prescripción tributaria a 3 años para contribuyentes que presenten en término la DDJJ y regularicen el saldo si no se detectan discrepancias significativas. De 5 años para el resto de los contribuyentes inscriptos, y 10 para no inscriptos.

Además, quien sea notificado, podrá resolverlo pagando lo que debe. "Con el nuevo criterio que establece esta ley, los problemas impositivos se resuelven pagando", destacó. Pazo aseguró que el Gobierno brindará a los ciudadanos todas las instancias necesarias para que regularicen su situación fiscal sin tener un problema penal. * Se considera discrepancia significativa cuando la impugnación del fisco genere diferencias de por lo menos 15% respecto a lo declarado, supere ciertos montos, o derive de facturas/documentos apócrifos.

- Creación de un régimen de Declaración Jurada Simplificada para personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos totales de hasta $1.000.000.000 y patrimonio de hasta $10.000.000.000, no considerados grandes contribuyentes.

"En el segundo esquema, estaremos blindando para siempre a los ciudadanos argentinos que adhieran al ya anunciado régimen simplificado de impuesto a las Ganancias", apuntó. Pazo recordó que la gente que adhiera podrá normalizar su situación patrimonial pagando Ganancias solo por la facturación, independientemente de su situación patrimonial.

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