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CFK no podrá realizar actos que alteren la paz del vecindario residencial

 Las diez claves del fallo.

CFK no podr realizar actos que alteren la paz del vecindario residencial

CFK no podrá realizar actos que alteren la paz del vecindario residencial

18/06/2025 06:00 Política
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1. Modalidad: Cristina Kirchner deberá cumplir su condena como detenida bajo prisión domiciliaria, en el departamento de San José 1111, 2° piso "D", Constitución.

2. Colocación de tobillera electrónica: el tribunal ordenó colocarle una tobillera electrónica de control, tal como establece la ley 24.660. El uso del dispositivo no podrá ser dispensado sin un informe técnico que lo justifique.

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3. Prohibiciones y conducta: no podrá salir del domicilio sin autorización judicial previa, salvo fuerza mayor. No podrá realizar actos que alteren la tranquilidad del vecindario. Deberá presentar una nómina con las personas autorizadas a ingresar al domicilio, incluyendo familiares, abogados y médicos.

4. Supervisión trimestral: la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal realizará controles cada tres meses y reportará al tribunal sobre el cumplimiento de las condiciones impuestas.

5. Motivos para otorgar el beneficio: el tribunal consideró la edad (72 años) de la condenada, pero también ponderó su estado de salud, su rol como ex presidenta y especialmente el riesgo derivado del intento de asesinato que sufrió en 2022, aún en investigación judicial.

6. Rechazo a privilegios por haber sido presidenta: el fallo remarca que no existe un "fuero especial" para ex presidentes y que la custodia de la Policía Federal no reemplaza el sistema carcelario ni supervisa el cumplimiento de penas.

7. Desestimación del aislamiento penitenciario: el tribunal señaló que no se puede aislar indefinidamente a un detenido para protegerlo, ya que eso sería contrario a normas constitucionales e internacionales sobre trato humanitario.

8. La fiscalía se opuso: los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola solicitaron rechazar el pedido por entender que no hay razones humanitarias suficientes, y que el Servicio Penitenciario podría garantizar su seguridad.

9. Duración de la pena y vigencia: la ex presidenta fue condenada a 6 años de prisión, lo que implica un cumplimiento efectivo. El arresto domiciliario no suspende la ejecución de la pena, sino que la sustituye por razones excepcionales.

10. El tribunal deja firme la ejecución de la condena: el fallo fue firmado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, quienes ordenaron además que se deje sin efecto la citación a comparecer presencialmente en sede judicial.

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