Por Eduardo Lazzari, historiador
Santiago del Estero: 206 años de Gloria Y Patría Santiago del Estero: 206 años de Gloria Y Patría
La conmemoración histórica de los grandes hechos del pasado que han cambiado el devenir de una sociedad es fundamental para fortalecer la identidad, consolidar el presente y sobre todo presentir un futuro necesariamente próspero y animoso para los pueblos. Hoy Santiago del Estero celebra 206 años de su consolidación como provincia autónoma de la Argentina naciente en 1820, recuperando todos los atributos que le corresponden por ser la "madre de ciudades" que dio origen a la nación que hoy disfrutamos y nos muestra orgullosos.
El devenir histórico no puede resumirse en un solo hecho, sino que es un tiempo en que se desarrollan acuerdos, batallas, congresos, asambleas, heroísmos, en los cuales algunos personajes encuentran su lugar como protagonistas y otros se sumergen en las sombras. El proceso de la autonomía provincial de Santiago del Estero es un largo tiempo en que dos acontecimientos se destacan como fundamentales; el Manifiesto del 27 de abril de 1820 y el Tratado de Vinará del 5 de junio de 1821. Los dos siglos y algo más transcurridos desde entonces han dejado clara la voluntad santiagueñaancestral de forjar para siempre una identidad ysu tránsito porel camino que llevó a los santiagueños a ser protagonistas en la formación de la República en sus 216 años de historia, soñando en estos tiempos con un destino venturoso.
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Es esencial al conocimiento de la historia y para la consolidación del relato conocer los documentos históricos, tal como fueron redactados, porque de su lectura surgen los verdaderos propósitos de los hombres que alumbraron la existencia de la Patria. Por eso hoy se trancribencompletos el Manifiesto y el Tratado.
EL MANIFIESTO AUTONOMISTA
Hay acontecimientos que tienen su "documento de identidad". El "DNI" santiagueño fue escrito y firmado en la reunión de los representantes de los antiguos pueblos y curatosque conformaban el antiguo partido colonial de Santiago dependiente hasta 1810 de la gobernación intendencia de Salta del Tucumán, y desde 1814 de la provincia del Tucumán, creado por el director supremo Gervasio de Posadas. Ese 25 de abril de 1820 la asamblea fue presidida por el cura Manuel Frías y dos días después se redactó el acta fundacional de la provincia, que al ser leída fue aprobada por aclamación.
Este es el texto liminar santiagueño, todo está explicado en él:
"27 de abril de 1820.
Nos los representantes de todas las comunidades de este territorio de Santiago del Estero convencidos del principio sagrado que entre hombres libres no hay autoridad legítima sino la que dimana de los votos libres de sus conciudadanos é invocando al Ser Supremo por testigo y juez de la pureza de sus intenciones, declaramos:
1° La jurisdicción de Santiago del Estero uno de los territorios unidos de la Confederación del río de la Plata.
2° No reconocer otra soberanía ni superioridad sino la del Congreso que va á reunirse para organizar la federación.
3° Ordenar el nombramiento de una junta para redactar la Carta orgánica de la Provincia, según el sistema provincial norte-americano en cuanto lo permitiera la característica de sus localidades.
4° Declarar traidor á la Patria y castigarlo como á tal á todo vecino ó extrangero que conspire contra ese acto espontáneo y libre de la soberanía del pueblo.
5° ofrecer amistad á sus hermanos del Tucumán, olvido de lo pasado é inmolación de todo resentimiento en aras de la religión y de la patria."
Vale destacar que este documento es único por su carácter fundacional de una autonomía provincial, que en el resto de las jurisdicciones será reconocida por medio de acuerdos interprovinciales. También en 1820 surgieron las provincias de San Juan, San Luis, Mendoza, Buenos Aires, La Rioja y Catamarca, pero como ninguna otra Santiago del Estero proclamó y gritó su existencia.
EL TRATADO DE VINARÁ
Al poco tiempo del Manifiesto, el "presidente de la República del Tucumán", Bernabé Aráoz intenta recuperar para su dominio los territorios de Santiago y de Catamarca. El ejército santiagueño comandado por el ya gobernador Juan Felipe Ibarra venció a las tropas invasoras el 5 de febrero de 1821 en el combate de Los Palmares. Pero el 3 de abril los triunfadores fueron los tucumanos en la batalla del Rincón de Marlopa.Ante la posibilidad de una guerra civil abierta,aparece el gobernador de Córdoba, Juan Bautista Bustos, que se ofrece como mediador y envía a su delegado, el cura José Antonio Pacheco de Melo, para lograr la paz perpetua entre las dos provincias enfrentadas: aquella que dejaba de ser república y la que nacía recuperando su antigua condición de cabeza de su territorio.
El Tratado de Vinará es un ejemplo de versación jurídica, que proclama el camino de la unidad argentina y de la amistad entre Tucumán y Santiago del Estero.
"Los diputados de las provincias de San Miguel de Tucumán y Santiago del Estero, elegidos para transar las desavenencias y disensiones que han dado mérito a la presente guerra, y firmar los tratados de paz y unión eterna; reunidos en este paraje de Vinará. Después de reconocidos bastantes los poderes respectivos, convinieron en los artículos siguientes.
Artículo 1°- Cesación cabal de la guerra entre las provincias beligerantes, y establecida la hermanable unión entre ellas, bajo la garantía de la benemérita provincia mediadora de Córdoba.
Artículo 2°- Los prisioneros que de una y otra parte se hubiesen hecho la guerra, serán devueltos recíprocamente desde el momento de ratificarse los presentes Tratados.
Artículo 3°- Los vecinos y habitantes de las provincias beligerantes que hubiesen sido detenidos, o emigrados por diversidad de opiniones, volverán inmediatamente a sus casas, hogares, y uso libre de sus propiedades; sin que por sus disensiones anteriores se les siga perjuicio alguno.
Artículo 4°- Siempre que la Provincia de Santiago sea invadida por el enemigo infiel, la Provincia hermana de Tucumán, se obliga a auxiliarla con el armamento, y militares y pertrechos que sean necesarios; quedando en recíproca obligada la Provincia de Santiago a auxiliar a la del Tucumán en los casos en que se halle igualmente invadida, o por los mismos enemigos o por el común.
Artículo 5°- Las quejas o reclamaciones de perjuicios irrogados mutuamente entre las provincias contratantes y reposición de derechos que se consideren recíprocos de parte a parte, difieren su decisión a las deliberaciones del Congreso Nacional.
Artículo 6°- En el término de un mes que deberá contarse desde la ratificación de estos Tratados, pondrán las provincias beligerantes su Diputado con poderes amplios en la Provincia de Córdoba para la instalación del Congreso General, sin que por pretexto alguno se pueda retardar el legal cumplimiento de este artículo.
Artículo 7°- Los pechos impuestos por el Gobierno de Santiago al Tráfico de Carretas subsistirán hasta las deliberaciones del Congreso Nacional, quedando a la inspección de los Diputados de las Provincias el deber de promover su resolución en las primeras Sesiones.
Artículo 8°- Queda libre y expedito el tránsito y comercio por el territorio de las provincias beligerantes y restablecido el primer orden y giro en los términos que antes se observaba.
Artículo 9°- Los gobiernos contratantes celarán con la mayor vigilancia y prescribirán bajo severísimo penas a sus respectivos ciudadanos y habitantes para que no invadan las propiedades de uno y otro territorio, y respeten la seguridad individual de sus vecinos.
Artículo 10°- Queda igualmente firmada la unión hermanable de las Provincias de Salta, Tucumán y Santiago y de sus respectivos gobiernos y verdaderamente aliados con la mayor fe y sinceridad para operar activamente contra el enemigo común y auxiliar en cuanto le sea posible a la Provincia de Salta para la defensa de las irrupciones con que la amenaza, sea con armamentos, aprestos militares, u otras especies que se conceptúen necesarias.
Artículo 11°- Queda a cargo de los gobernadores de Santiago y Tucumán pasar estos Tratados al Gobierno de Salta, para que siéndoles adaptables igualmente los firme y ratifique; y en un caso desgraciado que contra toda esperanza no se avenga, no será este un motivo para que los anteriores Tratados no tengan su debido efecto entre los Gobiernos de Santiago y Tucumán para lo que desde ahora los firmamos y ratificaremos por nuestra parte los diputados nombrados al efecto, remitiéndolos a las autoridades de que emana nuestra Comisión para su última sanción que deberá realizarse en el término de tres días contados desde el día de mañana."
Fueron signatarios Pedro Miguel Aráoz en representación deBernabé Aráoz; Pedro León Díaz Gallo en representación de Juan F. Ibarra, y como mediador por la provincia de Córdoba José Andrés Pacheco de Melo. Remarca la importancia del Pacto que los tres firmantes fueran destacados miembros del clero yhayan sido diputados del Congreso General Constituyente de 1816, dondelos tres proclamaron la Independencia Argentina.
El Pacto de Vinará,tercer tratado interprovincial de la historia argentina, luego de los del Pilar (23/02/1820) y Benegas (24/11/1820), dio existencia definitiva a Santiago del Estero, y forma parte de aquellos "pactos preexistentes" a los que alude el preámbulo de la Constitución Nacional de 1853, escrita entre otros por los santiagueños José Benjamín Gorostiaga y Benjamín Lavaysse, hijos ambos de asistentes a la asamblea magna santiagueña de 1820.
Tal fue la trascendencia de este acuerdo que el solar donde se firmó,apenas fundada la Comisión Nacional de Museos y Monumentos Históricos, y a propuesta de su presidente, el gran historiador Ricardo Levene, fue reconocidojunto a la reducción jesuítica de Petacas, como los primeros lugares históricos nacionales santiagueños a través del decreto 112.099 del 24 de enero de 1942, tal como lo recuerda la pirámide de granito en la última ciudad del Camino Real, diez kilómetros antes de cruzar la frontera con Tucumán.
En este jalón histórico que son los 206 años de autonomía, sólo nos resta saludar fervorosamente al noble y leal pueblo santiagueño, desde estas queridas páginas de "El Liberal", decano de la prensa del norte argentino.








